La lucha por la inclusión de las personas con discapacidad en el mundo laboral y de la normalización y eliminación de prejuicios hacia ellas se ha convertido en una lucha del gobierno de Pedro Sánchez. El presidente en funciones usó su discurso de investidura para pedir que la constitución cambie la forma de referirse a ellos. Eliminar el concepto “disminuidos” por el de “personas con discapacidad”.
Una batalla que se ha extendido al cine. El viernes pasado la directora del instituto del cine (ICAA), Beatriz Navas, anunciaba la esperada convocatoria de ayudas a la producción de películas. Unas ayudas que con la convocatoria de elecciones se había retrasado poniendo nervioso a la industria, que se vio obligada a retrasar proyectos a a la espera de saber si obtendría la cuantía del Ministerio de Cultura. 35 millones de euros de fondo para todo el cine de los que cada película podrá optar a un máximo de un millón por producción
Navas daba la buena nueva en el marco del anuncio de las películas españolas que competirán en el Festival de Cine de San Sebastián, y daba una pista de los cambios en el sistema de puntos para obtener las ayudas: “Hemos dado un punto más a películas dirigidas o guionizadas por mujeres, hemos reservado un mínimo de un 8% para la animación por ser proyectos con talento joven y de larga duración, y ahora es obligatorio para optar a las ayudas incorporar en los equipos a personal con discapacidad para hacer más accesible el sector”.
Ahora es obligatorio para optar a las ayudas incorporar en los equipos a personal con discapacidad para hacer más accesible el sector
Parecían cambios nimios, pero incluyen esa inclusión de personas con discapacidad como algo obligatorio, cuando hace un año era algo que se valoraba de forma positiva. Es decir, todos los proyectos que quieran optar a una subvención del Ministerio de Cultura deberán tener al menos a una persona contratada con discapacidad superior al 33%. Si no, se les negará. Así lo explica la Orden CUD/426/2019, de 11 de abril, por la que se modificaban los requisitos:
“Tener empleada en la empresa o incorporar al proyecto, al menos, a una persona con discapacidad con un grado igual o superior al 33% reconocido como tal por el organismo competente. Este requisito no será exigible cuando se trate de proyectos de carácter documental o experimental”. Este párrafo se añadía al artículo 11.6, que es el que hace referencia a las obligaciones para poder optar al dinero.
Del mismo modo, se modifica el artículo 11.7 y añade que es necesaria la “declaración responsable del cumplimiento de la obligación tener empleada en la empresa, o de incorporar al proyecto mediante el correspondiente contrato, al menos, a una persona con discapacidad con un grado igual o superior al 33%, reconocido como tal por el organismo competente”.
Al compararlo con la anterior orden uno ve la diferencia. En aquella ocasión se valoraba con puntos extra la inclusión de personas con discapacidad, como se puede ver en el anexo 1 de la misma en el que se explica que “por tener en plantilla o incorporar al proyecto, al menos, un trabajador con discapacidad con un grado igual o superior al 33% reconocido por el Organismo competente” se concedían dos puntos.
Un cambio a favor de la inclusión laboral, pero que tendrán que tener en cuenta todos los productores de los filmes que quieran una ayuda, ya que si no se verán rechazados de forma inmediata.