Le pillan conduciendo sin carné por cuarta vez al auxiliarle la Guardia Civil por una avería
El hombre pidió que en vez de cárcel le impusieran una pena de trabajos para la comunidad, lo que denegó el juez.
25 enero, 2024 12:32La Audiencia Provincial de Sevilla ha confirmado la condena a un conductor de Burguillos por circular sin tener carné con su coche. En total le 'cazaron' hasta cuatro veces sin que corrigiese la situación. Además, todas las infracciones las cometió en el mismo año, señala la sentencia.
La última vez que le pillaron conduciendo sin carné fue en noviembre de 2018. Y fue por una casualidad. El condenado circulaba con un Seat León por su pueblo cuando se le paró el coche.
Al rato pasó por la zona una patrulla de la Guardia Civil que se ofreció a ayudar al conductor. Pero, al pedirle la documentación, comprobaron que no tenía permiso de circulación. Nunca se lo había sacado. Y que, además, era la cuarta vez que le pillaban así.
Por eso la Audiencia Provincial de Sevilla ha ratificado la sentencia a seis meses de cárcel para este hombre por un delito contra la seguridad vial con el agravante de reincidencia.
El Juzgado de lo Penal número 12 declaró probado que el inculpado, que ya contaba con tres condenas firmes "por delitos de conducción sin permiso" cometidos durante 2018.
Así, "sobre las 03,32 horas del 26 de noviembre de 2018, conducía un turismo marca y modelo Seat León por la localidad de Burguillos careciendo de permiso de conducción que le habilitara para ello, por no haberlo obtenido nunca", señala la sentencia.
En su recurso de apelación, la defensa del acusado solicitaba que en lugar de pena privativa de libertad de seis meses, se le impusiese la pena de trabajos en beneficio de la comunidad.
Pero el tribunal de la Sección Primera expone que "la imposición que realiza la sentencia de una pena de prisión, frente a la de multa o la de trabajos en beneficio de la comunidad, y en su máxima extensión, se fundamenta por la magistrada a quo en la reiteración por el acusado en un reducido espacio temporal de conductas similares a la que es objeto de condena y el mínimo interés que ofrece en moderar su devenir delictivo".
Reincidente
"Es evidente, de este modo, la completa ineficacia que se ha revelado con la imposición de penas no privativas de libertad por el mismo delito que ahora es objeto de condena, dado que el recurrente cometió hasta tres delitos de conducción sin permiso en el primer semestre de 2018", señala la Audiencia.
El tribunal considera que tal extremo "revela claramente un comportamiento reiterativo y tenaz que consiste en ponerse al volante de un vehículo a motor a pesar de que le consta la carencia de permiso por no haberlo obtenido nunca".
Por eso, la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla desestima por completo el recurso de apelación del inculpado y confirma la sentencia inicial condenatoria.