Sevilla

La juez encargada de la denuncia contra la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Sevilla, ha archivado la causa al no ver sospecha alguna de delito por la copa que la empresa Sacyr ofreció a los empleados de dicho organismo municipal la pasada Navidad. 

Así lo señala la juez en un escrito al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL y en el que indica que la comida que pagó la constructora a "alrededor de 100 funcionarios, incluso jubilados, de la Gerencia de Urbanismo" no tiene nada de ilegal. 

La juez añade que el evento, "que se celebró en el edificio municipal Espacio Santa Clara con visita guiada, al ser más espacioso que el edifico Metropol" no es un delito, como indicaba la Fiscalía.

El escrito de la juez recuerda que "los delitos de cohecho, regulados en los artículos 419 a 427 del Código Penal, son delitos que se adentran en las tipologías cercanas a

la corrupción o soborno en la esfera de la función pública, fenómeno que es tan

antiguo como la propia existencia de la Administración".

Así, la juez no aprecia de ninguna manera "indicios delictivos pues la copa y almuerzo sufragados por la empresa Sacyr tuvo lugar el día 19-12-23, es decir, en el marco de los días previos al inicio de la Navidad, siendo una costumbre muy española las llamadas comidas navideñas en el ámbito laboral y funcionarial".

Sin más intención

Es más, la magistrada ahonda señalando que "se invitó a la totalidad de miembros de la Gerencia, inclusive jubilados, sin más propósito que el agasajo". Descarta así la juez que haya nada detrás de la copa. 

"Distinto hubiera sido que la invitación se circunscribiera al gerente y mandos de la Gerencia o a los funcionarios tramitadores de lo expedientes administrativos que afectan a los dos ciudadanos de los que parten las denuncias, pues ello podría hacer pensar en que el agasajo buscaba una influencia que pueda tener lugar aún inconscientemente para el funcionario", aprecia la juez.

Es decir, la magistrada señala que no se quiso 'comprar' con la copa a los altos cargos de Urbanismo para ganar favores puesto que se invitó incluso a jubilados, quienes no tienen ningún tipo de influencia en los contratos públicos. 

No hay delito

"Ello no obstante, sería conveniente que por ética los funcionarios

municipales y las concejalías no aceptasen agasajos, ni aún los más banales a

fin de 'no acortar las distancia' respecto a ningún administrado", indica la juez, que si que llama la atención sobre la cuestión de que se dejase celebrar la copa por una cuestión de imagen pública.

En todo caso, subraya, "la conducta examinada carece de trascendencia penal viniendo de aplicación el principio de mínima intervención penal. Por lo razonado, procede declarar la atipicidad penal y archivo de la causa".