Un sevillano estafó a 16 personas a las que sacó 110.000 euros. Se presentaba como "profesional" de las apuestas deportivas, en las que prometía invertir el dinero. No obstante se aprobiaba del mismo "sin llegar a inventirlo" ni generar "beneficio" en los afectados.
Ahora, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la sentencia previa de la Audiencia de Sevilla que lo condenaba a tres años de cárcel y a una multa de 1.400 euros. También tendrá que devolver el dinero a los afectados.
Los hechos, según declaró probado la Audiencia Provincial de Sevilla, sucedieron entre septiembre de 2016 y febrero de 2019.
Según consta en la sentencia, el acusado "orquestó un ardid idóneo y suficiente para inducir a una pluralidad de personas a entregarle importantes sumas de dinero con el pretexto de invertirlas en apuestas deportivas y obtener con ello una rentabilidad o ganancia".
Lo hizo "a sabiendas de que haría suyo" el dinero y "no devolvería la totalidad o gran parte del dinero entregado por cada una de estas personas". Previamente conocía a los afectados, "bien por vivir en la localidad de Camas" o por "compartir actividades deportivas como el fútbol o por tener vínculos familiares o laborales".
La sentencia refleja que el inculpado simulaba "tener una posición sólida y experimentada en el mundo de las apuestas deportivas online que le permitía ofrecer esa garantía".
Se comprometía a repartir los beneficios
En este contexto, "les hizo creer que estaba asegurada una rentabilidad que podría alcanzar hasta el 20 por ciento mensual de la suma invertida". Por ello, se comprometía a "repartir los beneficios mediante liquidaciones periódicas en metálico o bien con inversiones en otras apuestas online".
Además, les hacía ver que "operaba a través de empresas terceras para escenificar la seguridad de una futura ganancia".
Tal como refleja la sentencia, quedó probado que los afectados le entregaron 110.000 euros, en metálico o mediante transferencia bancaria. En otras ocasiones utilizaba la cuenta de un vecino, "al que pidió que recibiera dinero en su cuenta para después sacarlo y entregárselo en efectivo".
El principal afectado perdió 24.000 euros
La sección Primera de la Audiencia también reflejó los importes de cada una de las estafas, el máximo de 24.000 euros. La condena también obliga al inculpado a indemnizarles con la cantidad correspondiente sustraída.
El recurso de apelación trató de demostrar la "efectiva inversión del dinero en juegos de azar en base a la abundantísima documentación que aportó, en donde se recogen miles de apuestas deportivas realizadas en varias plataformas de apuestas online".
No obstante, la sentencia recoge que "no fueron realizadas por el acusado, sino por una mujer cuya identidad se desconoce". La defensa argumentó, "sin acreditarlo siquiera", que era su esposa, "que sería quien realmente operaba".
La sentencia exponía, no obstante, que ninguna de la documentación aportada se correspondía con los hechos en el periodo enjuiciado.
Patrón de conducta
Ante la apelación, el TSJA reconoce como "cierto" que "no existe constancia documental de la mayor parte de las entregas dinerarias"."Pero ello no es óbice para que se tengan por acreditadas", indica el tribunal.
"Las declaraciones de los denunciantes, sólidas, creíbles e insistentes constituyen prueba suficiente para acreditar su imputación, máxime cuando proceden de una pluralidad considerable de personas que relatan un patrón de conducta del acusado coincidente en todas ellas, y que carecen de motivos para inventar unos hechos que no hubieran ocurrido en realidad", zanja la sentencia que ha desestimado la apelación y ha confirmado la condena de tres años de prisión.