Discutir en las redes sociales es el pan nuestro digital de cada día, pero ¿conservar pacientemente el tuit del rival hasta que los tiempos de la Justicia nos den la razón? Eso queda en manos de comunicadores de la vieja escuela como Carlos Alsina que, por afear lo efímero de las polémicas que van y vienen, ha esperado dos meses a que la decisión del Supremo le permita zanjar la agria discusión que mantuvo el pasado marzo con Pablo Iglesias, y de paso, darle un correctivo al líder Podemos.
El encontronazo ocurrió el pasado 24 de marzo en el programa que conduce Alsina en Onda Cero. La conversación giraba sobre la agresión sufrida por dos guardias civiles y sus parejas en la localidad navarra de Alsasua. Iglesias mantuvo entonces la posición que su partido ha defendido hasta ahora, que la agresión estaba siendo juzgada como un "delito de terrorismo" cuando debería res una causa de "lesiones". "Calificar cualquier cosa de terrorismo por la identidad de las víctimas o de los agresores es un error" - defendía entonces.
El periodista replicó entonces: "Señor Iglesias, las faltas de lesiones no existen desde la reforma del Código Penal que se hizo en 2015", argumentando que el líder de Podemos estaba, según el Derecho, equiparando la agresión a un "delito leve". Iglesias mantuvo entonces que lo que estaba negando era el delito de terrorismo al no existir "intención de subvertir el orden constitucional". A esto, Alsina contestaba que "los guardias civiles y sus novias no fueron agredidos por sus ideas, sino por ser guardias civiles".
A partir de ese momento el tono de la discusión se volvió tenso, con mutuos reproches de haber entrado "en bucle". "Léame usted el parte de lesiones que conoce tan bien" - retaba Iglesias; "Yo si quiere le leo el auto de procesamiento" - contestaba Alsina, que finalmente descartaba hacerlo por "falta de tiempo". "Bueno, me ha leído usted el Código Penal. Si no quiere nada, ¿eh? Lo que usted quiera" - ironizaba el político. "Si quiere se lo envío o lo publicamos en Twitter" ; "Perfecto".
Y efectivamente era en Twitter donde Iglesias reclamaba para sí la última palabra en la discusión, con la noticia de que la Audiencia de Navarra rechazaba juzgar la agresión como un acto de terrorismo. Alsina respondía restando importancia a la "diferencia de criterios entre jueces" y le instaba a seguir "leyendo autos judiciales" antes de negar el delito de terrorismo.
Lo que estaba ocurriendo era en realidad un conflicto de competencias entre la Audiencia Nacional y la Audiencia Provincial de Navarra, que reclamaba que el caso pasase a manos de un juzgado de la comunidad foral. Este 1 de junio, el Tribunal Supremo decidía sobre el pulso entre tribunales: se apreciaban indicios compatibles con el artículo 573.1 del Código Penal que describe el delito de terrorismo como un daño grave "contra la vida o la integridad física" con la finalidad de "provocar un estado de terror" a "una parte de la población", y por lo tanto le corresponde al Juzgado Central de Instrucción número 3 de la Audiencia Nacional.
"Replay", cantaba victoria Alsina en una tanda de tuits dobles recuperando el tuit de Pablo Iglesias del pasado marzo. "La diferencia de criterios entre jueces se resuelve por los cauces oportunos" - alecciona, en referencia a la decisión del Supremo. A continuación venía la pulla: "No cabe decir al final sino en este momento. La causa sigue. El tribunal que juzgue dirá".