Cinco miembros de una misma familia han sido condenados en Vitoria a un total de casi treinta años de cárcel por agresión sexual y maltrato continuado ejercido sobre una joven de su mismo núcleo familiar a lo largo de dos décadas. La víctima, Mercedes, fue maltratada desde los seis a los 25 años por su padre, así como por su abuela y tres tíos paternos. Su progenitor la violó reiteradamente hasta que cumplió los 13.

En un relato que conmovió al público durante el juicio, la joven narró un rosario de agresiones sexuales y malos tratos sufridos a partir de la infancia, primero en casa de su padre y luego en la de su abuela, donde convivió además con tres de sus tíos. Allí fue de nuevo agredida física y sexualmente y estuvo sometida y controlada férreamente hasta que en 2013 acudió a los servicios sociales y consiguió marcharse. Después contó con la ayuda de la Asociación Clara Campoamor para denunciar el calvario por el que había transcurrido su vida.

La sentencia de la Audiencia Provincial de Álava condena a 15 años al padre por un delito continuado de agresión sexual e impone a la abuela, por maltrato y lesiones, tres años y cinco meses de cárcel y la prohibición de aproximarse a su nieta durante 10 años. Los tíos son castigados con penas de entre dos años y nueve meses y cinco años y tres meses por delitos continuados de abusos sexuales, maltrato habitual y lesiones.

Los condenados por la sección segunda de la Audiencia deberán asimismo indemnizar a la joven con 70.000 euros por los daños morales causados y 15.000 más por las lesiones y secuelas psíquicas padecidas.

VIOLACIONES, GOLPES E INSULTOS

El tribunal da total credibilidad a la versión mantenida por Mercedes en la vista oral, que fue corroborada por una hermana menor y negada por los acusados y otros familiares.

En la sentencia, conocida este martes, considera probado que la joven, que ahora tiene 28 años, empezó a sufrir golpes e insultos de su padre desde su más tierna infancia.

Mercedes vivía “en un ambiente de temor y sumisión”, en el seno de una familia totalmente aislada, donde los niños - sus tres hermanos y ella- presentaban un importante retraso escolar y la vivienda, deficiencias de higiene y orden.

El padre ejercía la posición dominante en el hogar y se cebaba en ella, “la más limitada de todos los hermanos a nivel cognitivo y relacional, la más débil en un entorno donde la violencia era rutinaria”. “En casa y con ella el acusado podía hacer lo que le diera la gana y lo hizo”, asegura el tribunal.

Desde los seis hasta los 13 años la niña fue violada por su progenitor, que la golpeaba si oponía resistencia, tanto en el domicilio de Vitoria como en las localidades de Echagüen, donde la familia paterna poseía un cobertizo, o de Durana, donde iban de acampada. La agresión sexual se produjo de forma reiterada y sin que la madre y los hermanos le prestaran “apoyo útil” pese a saber “lo que sucedía”. Hubo violaciones que se perpetraron en presencia de las hermanas, que compartían habitación con la víctima, o incluso “bajo una manta” cuando la familia veía la televisión en el salón.

Con 17 años Mercedes abandonó la casa de sus padres y se fue a vivir con unos tíos, aunque pasaba la mayor parte del día en el domicilio de la abuela paterna, al que se trasladó de forma fija a los 19.

En su nueva residencia su abuela la “insultaba “ y “golpeaba de manera habitual” y la obligaba a hacer todas clase de recados, compras, tareas domésticas y servicios personales para ella y sus hijos. Minoristas de la zona confirmaron este último extremo, declararon que iba cargada “como una mula” y que sentía miedo de su entorno. Trabajadores sociales corroboraron este temor y el rastro de golpes en su cuerpo.

Vivía en un régimen de semiesclavitud, siendo humillada, amenazada e insultada constantemente por sus familiares, según describe el fallo judicial.

La sentencia recoge crudamente la dureza de los golpes, castigos y reproches recibidos por la víctima, que además era perseguida sexualmente por dos de sus tíos que le hicieron objeto de continuos tocamientos, aprovechándose de la posición de “inferioridad” de su sobrina y de su situación de “clara indefensión”.

Fruto de las agresiones y abusos sufridos a lo largo de su vida la joven padece “un trastorno por estrés postraumático en grado severo y presenta importantes niveles de desadaptación” , con dificultades para encarar las relaciones afectivas y sociales.

“¿Qué hechos ajenos a la familia le han podido llevar a ese estado emocional? Ninguno conocido. Dentro de la familia está la causa de trastorno que padece”, concluye la Audiencia.

"OBJETO SEXUAL” Y “ESCLAVA”

La joven no logró salir del infierno en el que vivía hasta que en 2013, ya con 25 años, e instada por una comerciante de su barrio, decidió acudir a los servicios sociales, buscó su protección, e inició la senda judicial que ha acabado en el fallo de la Audiencia de Álava.

El tribunal destaca la gravedad de la conducta del padre, a quien le condena a la pena máxima (15 años) del tipo delictivo aplicado. Sobre él afirma “que abusó sexualmente de su hija desde que tenía uso de razón y siguió haciéndolo de manera frecuente durante al menos siete años”, así como ”que destrozó la infancia de su hija convirtiéndola en un objeto sexual, sometida a sevicias de toda clase”.

Con el proceder de la abuela se muestra igualmente severo. Los jueces señalan que en vez de proporcionarle a su nieta el afecto, el apoyo y la protección exigibles, “lo que le dio fue desprecio, humillación, sometimiento, violencia y explotación, vulnerando el contenido propio de los lazos familiares y las exigencias éticas que derivan de los mismos”. Circunstancias que consideran “incrementan” la culpabilidad de la ahora condenada a 41 meses de cárcel.

En sus conclusiones los magistrados son igualmente explícitos sobre los perjuicios ocasionados a la víctima. Aseguran que hasta que huyó de su familia “fue tratada en muchos aspectos y de manera cotidiana como una esclava, como un juguete, y habría de ser insensible como una piedra para no sufrir un considerable daño moral de trato tan denigrante para su condición humana, para su dignidad de persona”.

“VALENTÍA DE LA VÍCTIMA”

La Asociación feminista Clara Campoamor, que ha ejercido la acusación popular en el procedimiento, ha mostrado su satisfacción porque la sentencia extiende la la responsabilidad penal al conjunto de los encausados y los condena a altas penas de prisión.

Su abogada, Patricia Gómez Tobías, ha ensalzado la “valentía” de la víctima al denunciar los hechos, pese a haberse tenido que enfrentar a su propia familia “con alto riesgo para su vida”.

La letrada confía en que su actitud sirva de “ejemplo” para otras mujeres maltratadas y que el fallo de la Audiencia contribuya a que las víctimas crean en el sistema y busquen el apoyo de la Justicia.