Málaga, y más concretamente el municipio de Coín, ha vivido en los últimos días una de las historias más peculiares que se recuerdan. Todo ha tenido lugar en una panadería, donde un empleado ha sido víctima de un ataque personal que ha terminado con el caso en la justicia. 

Ahora, el Juzgado de lo Social número 5 de Málaga ha ordenado el embargo de las cuentas de la panadería en la que esta persona estaba contratada después de que el sueldo del mes de abril le fuera ingresado con el siguiente concepto: "nómina abril maricón".

Estas polémicas palabras han dado lugar a una disputa entre ambas partes después de que el empleado reclamara el autodespido del establecimiento al haber sentido que sus derechos fundamentales habían sido violados y ultrajados. Además, se ha sentido discriminado por su condición afectiva. 

Polémica en una panadería de Málaga

Una panadería de Coín, en Málaga, ha sido protagonista de una delicada historia. El Juzgado de lo Social del número 5 de Málaga ha ordenado el embargo de las cuentas y de cinco vehículos por un valor de 33.000 euros tras ser investigada por una polémica cuestión. Esta había ingresado el sueldo a uno de sus empleados con el concepto "nómina mes de abril maricón".

Según han informado a EFE fuentes de la asesoría jurídica del CGT, el citado juzgado lleva la demanda en la que el empleado reclama el autodespido del establecimiento por violación de sus derechos fundamentales a la igualdad y no discriminación por su condición. 

CGT ha explicado que el titular del juzgado ha estimado las medidas cautelares solicitadas por la representación letrada del sindicato y a su vez ha expresado su satisfacción con la decisión judicial "en aras a garantizar y evitar alguna maniobra por parte de la panadería homofóbica y sus gestores".

La petición del sindicato fue la siguiente: solicitar el embargo de las cuentas del propietario de la panadería para que no le fuera posible "burlar la acción de la justicia y que ello pudiese conllevar la posible inaplicación de lo que pueda resultar en la sentencia una vez celebrado el juicio". Este se celebrará en enero de 2025 si todo va por los cauces previstos. 

El empresario, que está siendo investigado, ya acudió al Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación para intentar llegar a un acuerdo con el empleado damnificado. Este encuentro entre ambos se produjo en el mes de junio. Sin embargo, fue totalmente infructuoso. 

Un acercamiento de posturas hubiera evitado la vía judicial, ya que el empresario se opuso a la solicitud de autodespido del panadero. Esta solicitud de autodespido del empleado de 34 años tenía como objetivo seguir cobrando su salario. Actualmente, esta persona se encuentra de baja.

La situación es aún más grave porque, tal y como ha denunciado el CGT, el trabajador estaba contratado a jornada parcial (cuatro horas) aunque superaba su horario laboral. El CGT apunta también que no se le respetaban "los parámetros del Salario Mínimo". Cuando se hizo público el caso, el dueño de la panadería se mostró "sorprendido" por el polémico abono de la nómina, ya que, según explicó, fue el banco el que hizo la transferencia y puso esa anotación homófoba cuando él, como cada mes, dio el aviso del pago.