La empresa de desocupación Servi-Okupas, que desde su fundación ha llevado a cabo 3.850 desalojos exitosos, explica qué son los inquilinos okupas, o inquiokupas, y qué vías existen para lidiar con ellos.
Los inquiokupas son inquilinos que dejan de pagar el alquiler y no abandonan la vivienda. Estas personas suelen valerse de su estatus de inquilinos para justificar su permanencia y complicar los procesos legales.
Para desalojar a este tipo de okupas, Servi-Okupas señala dos vías: penal o civil, dependiendo de la naturaleza del conflicto. Es una situación complicada, ya que algunos inquilinos conocen la legislación y se aprovechan de ciertos vacíos legales para permanecer en la vivienda de manera ilegal.
Esta problemática puede surgir por diversos motivos, como dificultades económicas inesperadas del inquilino o la imposibilidad de encontrar otra vivienda, lo que lo lleva a quedarse sin pagar.
También hay quienes abusan del tiempo que requieren estos procedimientos legales para demorar el desalojo en su beneficio, e incluso algunos acceden a la vivienda utilizando documentación falsa.
Vía civil: desahucio
La vía civil para abordar este problema es el desahucio por impago de alquiler. Es el procedimiento más común y consiste en desalojar al inquilino que ha dejado de pagar la renta.
Este proceso puede tardar entre 6 y 12 meses, dependiendo del juzgado. Además, el propietario puede reclamar al okupa el pago de todas las rentas impagadas, incluyendo intereses. Esta vía consta de tres pasos:
-
Requerimiento de pago: Enviar un documento al inquilino solicitando el pago de las rentas adeudadas. Si el inquilino reconoce la deuda, el proceso puede acelerarse.
-
Demanda judicial: Si el primer paso no da resultado, el propietario debe presentar una demanda de desahucio ante el juzgado.
-
Resolución judicial: Una vez aceptada la demanda, el juzgado establece una fecha para el juicio y dicta una resolución tras evaluar el caso.
Normalmente, la resolución del juzgado suele favorecer al propietario y ordenar el desalojo de la vivienda.
Cuando la situación es más grave y el inquilino resulta ser agresivo o comete algún delito además de no pagar la renta, es necesario recurrir a la vía penal.
Vía penal: denuncia
En este caso, es fundamental reunir pruebas sólidas que demuestren el delito cometido por el inquilino, de lo contrario, el juicio podría no prosperar.
Si el inquilino accedió a la vivienda con documentos falsos o engañó al propietario alegando que podía pagar el alquiler cuando en realidad no era así, se le puede denunciar por estafa. Este delito conlleva una pena de 6 meses a 3 años de prisión y sanciones económicas, como la obligación de pagar al propietario toda la deuda acumulada.
Por otro lado, si el inquilino ingresó a la vivienda de manera ilegal y carece de derecho para habitarla, se puede presentar una denuncia por allanamiento de morada. La pena en este caso varía según las circunstancias, pero suele oscilar entre 6 meses y 1 año de prisión, además de una multa.
Para evitar estas situaciones, se recomienda investigar exhaustivamente a los inquilinos antes de firmar un contrato, incluir cláusulas específicas que protejan al propietario y realizar inspecciones periódicas de la vivienda para asegurarse de que todo esté en orden.