Una trabajadora de la Agencia Tributaria en una foto de archivo.

Una trabajadora de la Agencia Tributaria en una foto de archivo. Carlos Luján / Europa Press

Sociedad

Así es 'Renta directa', el nuevo servicio de la Agencia Tributaria que mejora la ayuda a los contribuyentes

La nueva modalidad de asistencia está destinada “a un colectivo predeterminado de contribuyentes”.

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Cada año, Hacienda vuelve a llamar a la puerta de los contribuyentes. Y, cada año, la declaración de la Renta presenta una serie de novedades. La última, para este 2025, tiene nombre propio: ‘Renta directa’.

Antes de entrar en detalle sobre esta nueva modalidad de asistencia, conviene recordar que la campaña arranca el próximo 2 de abril. Y el colofón llegará el 30 de junio. Pero hay otras fechas importantes que los ciudadanos deben tener en cuenta.

Así, la Agencia Tributaria abre el servicio de atención telefónica el 6 de mayo. Y, unas semanas más tarde, a partir del 1 de junio, pone en marcha el servicio de atención presencial en oficinas. Otro día que conviene subrayar en el calendario es el 25 de junio: será el último en el que podrán presentarse las declaraciones con resultado a ingresar que quieran domiciliarse.

¿Qué es ‘Renta directa’ y a quién se dirige?

Para responder a la pregunta hay que remitirse al nuevo ‘Plan de Control Tributario 2025’ que ha publicado la Agencia Tributaria (AEAT). En el mismo, el órgano dependiente del Ministerio de Hacienda destaca que la AEAT tiene dos líneas de actuación.

Una de ellas es “la prestación de servicios de información y asistencia a cualquier contribuyente para minimizar los costes indirectos asociados al cumplimiento de las obligaciones tributarias”. El otro, “la prevención, detección y regularización de los incumplimientos tributarios”.

En ese primer apartado, y como novedad para la campaña de la Renta 2024 (que se realiza en 2025), “se va a habilitar una nueva modalidad de asistencia denominada ‘Renta directa’".

Tal y como aparece publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), esta nueva modalidad se dirige “a un colectivo predeterminado de contribuyentes que previsiblemente pueden presentarla partiendo de los datos fiscales informados sin que sea necesario realizar modificaciones en Renta Web”.

Eso sí, puntualiza que “cuando necesiten realizar cualquier modificación (datos personales, deducciones autonómicas...) en la declaración originaria, o bien modificar la ya presentada, siempre podrán acceder a Renta Web para su modificación y presentación”.

Conviene recordar que Renta Web es un servicio de ayuda para cumplimentar y presentar la declaración de Renta por Internet. Al mismo se puede acceder desde cualquier ordenador o dispositivo móvil y no es necesario descargar ningún programa. Y lo que permite es consultar, por parte del ciudadano, sus datos fiscales y el borrador.

Para acceder a Renta Web y revisar el borrador, modificarlo o presentar la declaración es necesario contar con Cl@ve, obtener una referencia a través de la casilla 505 de la declaración de la Renta del ejercicio anterior; o el IBAN de la cuenta bancaria si el importe es 0,00, o el ciudadano no presentó la declaración el año anterior. También puede usar el certificado electrónico o DNI-e.

De utilizar Renta Web, los pasos para presentar la declaración son los siguientes: primero, la persona deberá ratificar su domicilio fiscal. Después aparecen los datos personales y familiares. Tras verificar los datos, aparecen las posibles modalidades de tributación (individual o conjunta). Por último, hay que indicar el IBAN de la cuenta bancaria para domiciliar el pago o recibir la devolución.