Unos niños en una guardería.

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Sociedad

Declaración de la Renta 2024-2025: estas son las deducciones por maternidad y por los hijos

Te contamos cuáles son las principales deducciones que una familia puede tener por sus hijos en la próxima campaña de la Renta.

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La Agencia Tributaria está a punto de dar el pistoletazo de salida a la declaración de la Renta de 2024-2025. Es decir, que los datos que se van a aplicar este año corresponden a los ingresos obtenidos el pasado 2024. Un ejercicio en el que habrá deducciones por maternidad y por hijos.

Antes de entrar en detalle sobre cuáles son dichas deducciones, conviene recordar una serie de fechas indispensables para los contribuyentes. Así, y a partir del 2 de abril, se abrirá el plazo para presentar las declaraciones a través de internet.

Será a partir del 6 de mayo cuando la AEAT asegurará los servicios de ayuda a los contribuyentes que quieran presentar la declaración por teléfono. En este caso, las citas se podrán solicitar del 29 de abril al 27 de junio.

Por último, los contribuyentes que quieran que les hagan las declaraciones presencialmente en las oficinas de la AEAT a partir del 2 de junio, deberán solicitar cita del 29 de mayo al 27 de junio.

Importante: el plazo de presentación de las declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria concluye el 25 de junio. Es decir, cinco días antes de que concluya la campaña.

¿Cuáles son las deducciones por maternidad?

Para responder a esta pregunta, nada mejor que acudir a los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha). “La novedad en la deducción por maternidad tras la Sentencia del Tribunal Supremo de 8 de enero de 2024 es que las madres pueden aumentar en 1.000 euros adicionales por gastos de guarderías del hijo menor de tres años”, explican

Y añaden: “No sólo si los tienen matriculados en centros de educación infantil autorizados, sino también en guarderías que tengan la autorización de apertura y funcionamiento, sin que se exija contar con la autorización de la Administración educativa, que tan solo sigue siendo exigible a los centros de educación infantil”.

Conviene recordar que, en el caso de las mujeres con hijos menores de tres años, se pueden aplicar una deducción de alrededor de 100 euros, hasta un máximo de 1.200 euros anuales por hijo.

Aquellas madres que estén en esta situación, deben saber que para poder acceder a la misma, deben rellenar el Modelo 140 de la Agencia Tributaria.

¿Qué otros aspectos con los hijos tienen deducciones?

Los Técnicos de Hacienda también recuerdan que, para aprovechar las ventajas fiscales, hay que modificar el borrador siempre y cuando cambie la situación civil o familiar ya sea por matrimonio, nacimiento o adopción de hijos.

Así, y en el caso de separación o divorcio con pensiones compensatorias o de alimentos a favor de los hijos, habría que  modificar el borrador de la siguiente manera:

-En la declaración del pagador, la pensión compensatoria pagada reduce su base imponible general sin que pueda resultar negativa. El remanente, si lo hubiera, reducirá la base imponible del ahorro sin que la misma, tampoco, pueda resultar negativa como consecuencia de dicha disminución. 

-En cambio, en la declaración del perceptor, la pensión compensatoria recibida del cónyuge es un rendimiento del trabajo no sometido a retención por no estar obligado a retener.

-En la declaración del pagador, las anualidades por alimentos a favor de los hijos satisfechas no reducen la base imponible general, sino que se sujetan a un tratamiento especial consistente en que, cuando el importe de dichas anualidades sea inferior a la base liquidable general y no se tenga derecho a la aplicación del mínimo por descendientes, se someten a gravamen separadamente con el fin de limitar la progresividad de las escalas del impuesto. 

-No tiene repercusión fiscal para los hijos perceptores de dichas anualidades al considerarse rentas exentas.

Por último, recordar que hay una deducción por familia numerosa: en el caso de que la familia tenga tres hijos, es de 1.200 euros; y si tiene cinco o más hijos, llega a 2.400 euros anuales. Si el hijo tiene una discapacidad, es de 1.200 euros anuales.