Fnac, obligada a vender por 139€ un móvil de 699 que rebajó "por error": dan la razón a los clientes
En caso de no existir stock, Fnac debe entregar a los usuarios un smartphone de similares características, señala Consumo.
27 febrero, 2020 18:29Noticias relacionadas
La Junta Arbitral Nacional de Consumo ha fallado a favor de un consumidor que reclamaba a Fnac la entrega de un teléfono de la marca Huawei que había adquirido en su página web a un precio un 75% más barato respecto al resto del mercado y que la compañía se negaba a entregar aludiendo que este precio fue consecuencia de "un error informático".
El pasado 29 de octubre de 2019 Fnac puso a la venta en su página web el smartphone Huawei P30 Pro 6,47 128 GB por un importe de 124,90 euros para socios y de 139,90 euros para no socios por, según justificaron después, "error tipográfico", frente a los 699,90 euros que, según la compañía, debía costar el dispositivo.
Casi 13.000 pedidos
La oferta se propagó rápidamente por las redes por medios no controlados por Fnac y se realizaron 12.911 pedidos para la compra de 18.432 unidades del producto. Posteriormente, la empresa adoptó "medidas inmediatas", comunicando a los clientes el error padecido y la cancelación del pedido, devolviendo el importe abonado tanto de la compra principal como, en su caso, de los dos euros en concepto de alta en el Club Fnac.
Ahora un laudo arbitral del organismo dependiente del Ministerio de Consumo ha fallado a favor de un usuario que denunciaba que el producto adquirido no fue entregado porque la empresa alegó un error en el precio y obliga a Fnac a hacerle entrega del dispositivo adquirido por el precio ofertado ese día.
El laudo añade que, en caso de no existir stock, Fnac debe entregarle al usuario otro de similares o superiores características sin que esto suponga un aumento del precio que debe abonar el reclamante. Además, agrega que únicamente debe entregarse un teléfono por pedido.
No era una "ganga"
En su argumentación, la junta arbitral señala que no se puede considerar probado que los reclamantes fueran conscientes de que se trataba de un error y no de una "ganga" con un 75% de reducción del precio respecto de la competencia e indica que los comentarios en redes presentados por la reclamada "no es prueba suficiente para rechazar la presunción de buena fe".
Además, agrega que es destacable el aprovechamiento que la reclamada puede hacer de esta oferta mediante la incorporación a su club de miles de interesados en la compra de móviles que, a través de sus datos personales aportados gratuitamente, pueden recibir las ofertas que a la empresa interese en un futuro.
Asimismo, agrega que de las pruebas aportadas se desprende "fácilmente" que un precio como el ofertado puede distorsionar el comportamiento económico del consumidor, además de no resultar compatible con la "gestión esmerada" que cabe esperar de una empresa con la experiencia y volumen de negocio en el comercio electrónico de Fnac.
A este respecto, incide en que el sistema de compra online ha admitido 12.911 pedidos para adquirir 18.432 unidades de producto sin suspender automáticamente el proceso de compra y destaca la "falta de diligencia" en el seguimiento de las redes sobre sus propios productos.
El laudo tiene carácter "vinculante y ejecutivo" y es eficaz desde el día de su notificación, aunque se puede interponer contra el mismo recurso de anulación ante la Sala de lo Civil y de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma donde se hubiere dictado.
Petición de Facua
Tras conocerse el laudo, Facua-Consumidores en Acción, que representa a casi 1.200 afectados, ha pedido al Ministerio de Consumo que dirija un requerimiento a Fnac para que proceda a enviar "sin más dilación" los dispositivos a los miles de consumidores que los compraron y advierte de que, si la empresa insiste en la negativa a cumplir con su obligación legal, su conducta podría considerarse "un agravante de cara a los posibles expedientes sancionadores que incoasen las autoridades autonómicas de consumo".
Además, añade que en caso de que Fnac no deponga su actitud, los consumidores pueden solicitar un laudo a la Junta Arbitral Nacional de Consumo, adscrita a la Dirección General de Consumo del Ministerio que encabeza Alberto Garzón. Para que la empresa se someta al laudo arbitral, es necesario dar un paso previo: formular una reclamación ante la asociación empresarial Confianza Online, de la que forma parte Fnac.
La asociación agrega que, si esta entidad resuelve en contra del reclamante, como viene ocurriendo hasta la fecha con este caso, Fnac no podrá negarse a someterse el arbitraje, ya que es un compromiso vinculante de los socios de Confianza Online.