Este martes se ha conocido la noticia de que la Agencia Tributaria va a examinar detenidamente la actividad en los colegios concertados, algo que afectará tanto a los centros como a las familias. Con esta revisión, las familias podrían tener que enfrentarse a un pago de hasta 2.400 euros y una subida en la declaración de la renta de 600 euros.
Esto se debe a que muchas de las donaciones que los padres hacen a los colegios podrían tratarse de cuotas disfrazadas con el objetivo de aplicar deducciones fiscales.
Con las donaciones, las familias podían deducirse un 75% en los primeros 150 euros y entre un 30 y 35% en el resto. Aunque no ha cambiado la legislación al respecto, Hacienda sospecha que el fraude se hace de forma generalizada y por eso va a revisar los ejercicios desde 2015, que son aquellos que todavía no han prescrito.
¿Cuánto dinero puede reclamar Hacienda por alumno?
La cifra que los padres tendrán que pagar a Hacienda, en caso de que se descubra que se paga una cuota y no se trata de una donación, depende del número de hijos y la cuantía de los pagos.
Según el Sindicato de Técnicos de Hacienda, la media son los pagos de 150 euros al mes por niño matriculado. Esto, multiplicado por los 10 meses que dura el curso escolar hace que la media de las donaciones suba a 1.500 euros por año. Si se aplica la deducción del 75% en los primeros 150 euros y del 35% en el resto, Hacienda podría hacer pagar a las familias hasta 600 euros. Sin embargo, hay que tener en cuenta que se reclamarían también los ejercicios de cuatro años atrás, que se añadirían.
Por lo tanto, la declaración de la renta subiría 600 euros y las familias tendrían que pagar a Hacienda 2.400 euros, por alumno, por los ejercicios anteriores.
¿A quién puede afectar?
Esta medida puede afectar a cualquier familia y centro que diera o recibiera donaciones que en realidad llevaban la finalidad de una contraprestación de un servicio. Esta es la clave en la que se tendrá que centrar la Agencia Tributaria.
Las donaciones no tienen por qué haber sido directamente ingresadas en los centros concertados sino que también a, por ejemplo, fundaciones o entidades religiosas que se constituyen en relación con los colegios concertados. La Agencia Tributaria tiene que saber si esas donaciones obedecen a una liberalidad (como cuando se pagan cuotas por pertenecer a una ONG) o a una contraprestación.
Una de las formas de averiguarlo es si los pagos se realizan o realizaron de manera periódica durante la duración del curso escolar y aportando la misma cantidad según el número de hijos que se tiene.
¿En qué centros ocurre y cómo les afectará?
Todavía no existe una cifra exacta de a cuántos centros concertados realizan esta práctica. Según el Sindicato de Técnicos de Hacienda, estas prácticas podrían ser más comunes en los centros de Madrid y Barcelona. Sin embargo, habrá unos centros que lo pidan y otros que nunca lo hayan hecho, no se trata de una práctica generalizada a todos los centros.
En cuanto a la forma en la que afectará a los centros, también depende de si los pagos se hicieron a colegios o a fundaciones. En todo caso, subiría el impuesto de sociedades según la cantidad pagada.
¿Ha cambiado la ley?
La ley en sí no ha cambiado. De hecho, es por eso que afecta a los ejercicios desde 2015. Porque si la ley hubiera cambiado no tendría carácter de retroactividad. Lo que ha cambiado es el foco de actuación de la Agencia Tributaria que ha detectado que en estas actividades podría haber un fraude encubierto.