Dos ciclistas mueren al ser atropellados por una furgoneta que se ha dado a la fuga en Valencia
La Guardia Civil busca al conductor tras fallecer los dos hombres arrollados por el vehículo en Montserrat (Valencia).
12 septiembre, 2023 19:03El ciclista de 73 años que permanecía en el hospital La Fe de Valencia tras ser atropellado esta mañana en la carretera CV-405, en dirección a la localidad de Montserrat, en un accidente en el que ha muerto otro ciclista de 70, también ha fallecido, según han informado fuentes hospitalarias a la Agencia EFE.
El hombre había sido reanimado y trasladado al hospital tras ser atropellados ambos en la carretera CV-405 por una furgoneta que se ha dado a la fuga.
Según fuentes del Centro de Información y Coordinación de Urgencias (CICU), sobre las 8:45 horas han sido alertados del atropello de dos ciclistas por una furgoneta a la altura del kilómetro 8 de la citada vía.
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Hasta el lugar del suceso se ha movilizado un SAMU y un Soporte Vital Básico (SVB) y el equipo médico ha confirmado el fallecimiento de uno de los ciclistas, de 70 años, y ha reanimado y estabilizado al otro, de 73, que presentaba politraumatismo.
Posteriormente, el ciclista herido ha sido trasladado al Hospital La Fe de Valencia en la ambulancia de soporte vital avanzado, y finalmente ha fallecido.
La Guardia Civil se ha hecho cargo de la investigación y por el momento no constan detenidos. Los agentes buscan a estas horas el conductor, según han apuntado a EL ESPAÑOL fuentes conocedoras de las diligencias.
Nuevo código penal
Hace un año que entró en vigor la modificación de Código Penal que refuerza la protección a las víctimas de accidente de tráfico.
Esta modificación respondió a la indefensión en la que se han encontrado peatones o ciclistas, víctimas de accidentes de tráfico, o atropellos cuando, pese a existir "indicios de imprudencia graves", se archiva la causa porque los tribunales los consideran "leves" y, por tanto, carentes de responsabilidad penal.
Para corregir esta situación y dar garantías y protección a las víctimas, la modificación, entre otras cuestiones, eliminó la posibilidad de que el juez o el tribunal pueda subjetivamente apreciar la inexistencia de delito.
La reforma establece la obligatoriedad de la elaboración de atestado policial y su remisión a la autoridad judicial en los accidentes viales con resultado de lesión o muerte.
De este modo, el juez "siempre disponga del mismo para la valoración de la posible comisión de los delitos de lesiones u homicidio por imprudencia menos grave derivados de infracción grave de tráfico".