El Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Vigo asumirá la investigación del crimen de la maleta, después de inhibirse el Juzgado de Instruccion número 4. Así, el departamento tratará de esclarecer el hallazgo en el interior de una maleta, el pasado 22 de febrero, del cadáver de una mujer en una finca ubicada entre Balaídos y Fragoso.
El magistrado titular del Juzgado de Instrucción número 4 que se encontraba de guardia cuando apareció el cuerpo de la víctima precisó que, de las declaraciones prestadas sobre el vínculo existente entre la fallecida y el detenido como presunto autor de los hechos, "podría considerarse que se está en presencia de una relación que tiene su encaje en el ámbito de la violencia sobre la mujer, ya que existen indicios de que la relación tenía el componente exigido de la afectividad".
No obstante, el instructor añadió que "aunque existan dudas sobre si existía relación o no de pareja" es preferible que éstas "sean resueltas por el órgano judicial que, en el ámbito de competencia del juzgado de violencia de género, pueda valorar la aplicación de la agravante de parentesco". También se matiza que, si finalmente se concluye que no existía una relación de pareja, "nunca podría surgir efecto negativo alguno para el investigado, pues bajo tal premisa ya no se aplicaría la circunstancia mixta con efectos agravatorios del artículo 23 del Código Penal".
Por otro lado, en el auto, contra el que cabe presentar recurso, el magistrado indica que la argumentación empleada por la acusación pública para solicitar la inhibición "parte de la idea de aplicar la agravante de parentesco", que se sostiene en la aplicación del concepto de relaciones de análoga afectividad utilizado para la agravación de género. De esta manera, en estos supuestos "se aplica una penalidad reforzada a las agresiones que tengan como víctima a la mujer".
El magistrado concluye en la resolución que, a la hora de aplicar la agravante de parentesco -artículo 23 del Código Penal- "no cabe incluir de modo automático todo tipo de relaciones de noviazgo, sino únicamente aquellas relaciones sentimentales en las que concurra o haya concurrido un componente de compromiso de vida en común dotado de cierta estabilidad".