El acusado de un delito de odio por llamar "maricona de mierda" a un vecino de Lobios en un supermercado ha sido absuelto por parte de la Audiencia Provincial de Ourense. Los magistrados, por contra, apreciaron un comentario "censurable" y "moralmente reprobable", pero no un delito.
Así, la audiencia ourensana ratificó que no hubo delito de odio ni contra la integridad moral, y sí un hecho "puntual y aislado", así como "censurable", ocurrido durante un momento de "nerviosismo".
El fallo también recoge que el acusado "ni siquiera conocía al denunciante" y tampoco consta que se dirigiese a él mostrando "algún tipo de menosprecio" hacia su persona por motivo de su orientación sexual.
Los hechos
Todo ocurrió el pasado 8 de febrero del año 2022 en la caja de un supermercado del ayuntamiento ourensano de Lobios. La víctima estaba hablando con la cajera mientras introducía su compra en las bolsas. Por su parte, el acusado, que en el momento se encontraba guardando cola, dijo: "¿Quieres acabar ya, maricona de mierda?", algo que él mismo reconoció en su declaración en la Audiencia.
Durante el juicio, celebrado a principios del mes de mayo, la víctima aseguró que, tras escuchar el comentario y terminar de guardar su compra, se fue hacia su coche sin reaccionar, pero escuchando más insultos. Según el denunciante, el hombre añadió frases como "qué peste a cerda, a ver si os largáis de una vez". "Me fui al coche y él continuó increpándome, diciendo 'como apestáis los maricas'. Me he sentido ofendido y muy herido", anotó entonces el perjudicado.
En la Audiencia Provincial declararon las cajeras del supermercado, así como una clienta que también se encontraba en la cola. Las tres reconocieron haber escuchado el "maricona de mierda", pero no el resto de frases, tal y como recoge Europa Press, por lo que en la sentencia no pueden dar por confirmado este extremo.
Consideran, en definitiva, que lo ocurrido "encaja con una vejación injusta", pero se trata de un delito que no está penalizado, por lo que queda sin condena el que fue el primer caso de odio juzgado por el Alto Tribunal ourensano donde el Ministerio Público solicitaba nueve meses de prisión.