- En libertad un condenado en Ourense por intento de violación al aplicarse la nueva ley
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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha rebajado de ocho a seis años de cárcel la pena impuesta por la Audiencia Provincial de Ourense a un hombre que abusó de una menor de 15 años a la que conoció a través de Instagram.
Los magistrados justifican la rebaja, de acuerdo con el criterio de la Fiscalía, tras la reforma introducida por la Ley 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual, conocida como ley del "solo el sí es sí". Argumentan que "la nueva regulación del acto de carácter sexual con menores, en su modalidad de acceso carnal (artículo 183.1 del Código Penal) parte de una pena mínima de seis años, a diferencia de la anterior regulación, que fijaba tal grado mínimo en ocho".
Según el alto tribunal, al carecer de "disposición transitoria que pudiese llevar -eventualmente- al análisis de una solución diferente", la ley obliga "en aplicación del artículo 9.3 de la Constitución Española y del 2.2 del Código Penal, a aplicar retroactivamente la nueva disposición", lo que es "evidente", subraya, que se trata "de una reforma favorable al reo".
La Sala, a consecuencia de esto, procede a rebajar la pena a pesar de confirmar el contenido de la sentencia de la Audiencia Provincial ourensana, remarcando que el relato de la afectada "es creíble y supera los criterios que establece el Tribunal Supremo sobre la declaración única de la víctima como prueba valida de cargo", al igual que las corroboraciones periféricas.
El TSXG, al igual que los jueces de primera instancia, considera probado que el condenado, que contaba con 24 años en 2018, cuando ocurrieron los hechos, acogió a la adolescente en su casa tras intercambiar mensajes con ella por Instagram y que le pidiese acudir a su vivienda a beber alcohol. Una vez allí, según la resolución, bebieron tequila y la joven se sintió indispuesta, ante lo que el procesado la llevó a su habitación, donde se metió vestida en la cama.
Los magistrados relatan que, transcurrido un tiempo, la víctima se dirigió al baño, donde vomitó y se manchó la ropa. El condenado, siempre según el fallo, que ha confirmado el TSXG, la desnudó y la metió en la ducha, donde también se introdujo él desnudo. A continuación, se metieron en la cama, donde el procesado, según la Sala, abusó sexualmente de la menor.