Audiencia Provincial de Pontevedra.

Audiencia Provincial de Pontevedra. Treintayseis

Ofrecido por:

Galicia

Las audiencias de Pontevedra y Ourense rebajan las penas a dos condenados por delitos sexuales

La nueva ley del ‘solo sí es sí, suma ya en Galicia 25 rebajas a condenados por delitos sexuales, tres de las cuales se han conocido en el día de hoy

25 enero, 2023 17:13

En lo que va de día se han conocido en Galicia tres nuevas rebajas de penas a condenados por delitos sexuales. A primera hora de esta mañana se tuvo conocimiento de una nueva revisión a favor de un reo en Ribeira (A Coruña). Se trata de un padre que abusó sexualmente de su hija menor de forma continuada y que ha visto reducida su pena en seis meses, pasando de 11 a 10 años y medio de prisión.

Tras esta sentencia se ha informado también de dos nuevas rebajas de condenas aplicadas por las audiencias provinciales de Pontevedra y Ourense, y que sumarían ya 25 rebajas en la comunidad gallega.

Así, y según ha informado el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), la sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, en aplicación de la nueva ley, ha rebajado de diez a nueve años de cárcel la pena impuesta a un condenado por abusar sexualmente de la hija de su pareja.

El tribunal explica en el auto que, "en su momento, teniendo en cuenta las circunstancias para la individualización de la pena, entre ellas la atenuante de confesión, se optó por la imposición de la mínima prevista en su mitad superior. Ese mínimo, tras la entrada en vigor de la LO 10/22, según los magistrados, es de nueve años, por lo que han acordado la revisión de la condena".

Por su parte, la Audiencia Provincial de Ourense también ha rebajado a siete años y medio de cárcel la condena de ocho años y medio de prisión impuesta a un hombre por agredir sexualmente a una mujer en el baño de un pub. En este caso, los magistrados explican que "en su momento al acusado se le impuso la pena en su mitad inferior, esto es, de 6 a 9 años de prisión". Con la nueva redacción, la pena en la mitad inferior es de 4 a 8 años de prisión, por lo que entienden que "se hace necesario revisar la sentencia, considerando la nueva norma más beneficiosa para el reo".