La sección segunda de la Audiencia Provincial de Ourense ha rechazado revisar la pena de cuatro años de cárcel impuesta a un hombre por abusar sexualmente de una menor a la que cuidaba su esposa de forma continuada.

El tribunal ha esgrimido que no procede una revisión de la pena ya que la establecida en la nueva ley de libertad sexual, más conocida como ley del ‘solo sí es sí’, es exactamente la misma que ya señalaba la anterior para la misma conducta, es decir, "de dos a seis años de prisión".

Por lo tanto, la pena de cuatro años de prisión impuesta al hombre por abusar sexualmente de la menor, que tenía siete años, desde 2014 hasta 2016, se mantiene ya que la situación es "idéntica a efectos penológicos", por lo que "no cabe acceder a la revisión interesada". Contra el auto cabe interponer recurso.