Las elecciones del 28 de mayo están a la vuelta de la esquina y, tras el sorteo de las Mesas electorales, muchos gallegos han recibido ya la notificación de que deben pasarse el domingo ayudando a los votantes de su circunscripción. A menos que el elector designado se ajuste a una de los impedimentos y excusas justificadas establecidas por la Junta Electoral Central, que deben comunicarse en los siete días siguientes a la recepción de la citación, será obligatorio presentarse en el local electoral el p´roximo 28 de mayo.
El problema llega justo después de recibir la notificación: ¿sabes qué tienes que hacer si te ha tocado ser presidente o vocal de una Mesa? ¿Conoces todos los derechos y deberes de los votantes? ¿Cómo deben contarse los votos para que el escrutinio sea válido?
El Ministerio del Interior ha emitido un Manual de instrucciones para las personas que integran las Mesas electorales en el que todas estas dudas están resueltas, pero con el siguiente resumen queremos que entiendas mejor cómo enfrentarte a ese día de elecciones municipales en Galicia. Cualquier incidencia que pueda ocurrir, no obstante, está reflejada y aclarada en dicho manual, por lo que es recomendable que todos los integrantes de las Mesas lo lean al menos una vez.
Horarios
A las 8:00 horas comienza la jornada con la presentación de todos los miembros de la Mesa electoral: el presidente, los dos vocales y sus seis sustitutos. En caso de que no haya suficientes miembros para conformar la Mesa (un mínimo de tres personas), deberá comunicarse la situación a la Junta Electoral de Zona. Este organismo intervendrá designando a las personas que han de constituir la Mesa, pudiendo ordenar que formen parte de ella las personas con derecho a voto presentes en el local.
Tras la constitución de la Mesa pueden presentarse los interventores, a las 8:30, que se incluirán también en el acta de constitución. La Presidencia rellenará el acta de constitución de la Mesa, y la firmará junto con vocales, interventores e interventoras a quienes se haya dado posesión de su cargo.
A las 9:00 horas el presidente deberá decir en voz alta "comienza la votación" y arrancará la jornada electoral. Si hay cualquier interrupción de la jornada en la que los votantes no puedan ejercer su derecho, debe contabilizarse para añadirse este tiempo al final del día: se trata la jornada electoral como un partido a reloj parado. A las 20:00 horas (o a la hora modificada en caso de haber sufrido interrupciones) el presidente de la Mesa debe decir en voz alta "va a concluir la votación".
En este momento, deben introducirse los sobres de los votos enviados por correo, que comprueba en el censo uno a uno el presidente y anota en la lista de votantes. Tras esto, votarán los integrantes de la Mesa, incluidos los interventores registrados en el acta, y se firmará la lista de votantes. Entonces comienza el escrutinio.
Al acabar, se cumplimentará el acta de escrutinio (en el caso de elecciones en municipios hasta 250 habitantes se indicarán los votos obtenidos por cada candidato o candidata ordenados de mayor a menor). Después de que cada integrante de la Mesa y cada interventor firme el acta, se colocará el documento original en la entrada del local y se entregarán copias al representante de la Administración y a los representantes de candidatura que lo soliciten (interventores o apoderados). Por último, se cumplimentará el acta de la sesión, se firmará y se entregará una copia a todos los representantes de las candidaturas que así lo soliciten.
Constitución de la Mesa electoral
Cuando llega la citación al domicilio del integrante de la Mesa, en el mismo nombramiento aparece el puesto que desempeñará durante el domingo 28 de mayo: presidente, primer o segundo vocal o sustituto (dos por cada integrante de la Mesa). Todas estas personas deberán presentarse a las 8:00 horas en el local electoral en el que les haya tocado estar en la Mesa y, en caso de no ser necesarios, los sustitutos se podrán ir en cuanto se haya comprobado que la Mesa está constituida (podrán solicitar un justificante de asistencia a la cita).
Cada una de las personas que desempeñe su función en la Mesa recibirá 70 euros y un permiso retribuido durante el día de la votación, en caso de tener que ausentarse de su puesto de trabajo. Asimismo, todos los integrantes de la Mesa tendrán derecho a una reducción de jornada de cinco horas en caso de trabajar por cuenta ajena o ser personal funcionario.
En la Mesa electoral, además, podrá haber interventores, que son representantes designados por un partido político que tienen voz pero no voto en la misma. Esto significa que podrán "vigilar" todo el proceso de votación, pero sin intervenir en el mismo, aunque sí podrán formular reclamaciones y protestas y solicitar certificaciones. Los apoderados son una figura similar, pero no están asignados a una Mesa concreta, por lo que podrán visitar cualquier local electoral, examinar el desarrollo de la votación y el escrutinio en cualquier Mesa y también pueden formular reclamaciones y protestas y pedir certificaciones.
¿Qué hay en cada Mesa?
En cada una de las Mesas electorales habrá una urna cerrada y precintada en la que se depositarán los votos, que debe vigilar el presidente y en el que cada votante introducirá su papeleta de forma individual. Donde haya elecciones a Entidades de Ámbito Territorial Inferior al Municipio (Eatim), también habrá una urna específica para cada una de ellas (es el caso de Bembrive en Vigo o de Camposancos en A Guarda, por ejemplo).
Deberá haber una lista del censo, que será la asignada a la Mesa en cuestión, en la que estarán los nombres e identificaciones de todos los votantes de esa Mesa. Esta lista tendrá marcados con una ‘C’ a los votantes que hayan solicitado el voto por correo, que no podrán ejercer su derecho en el local electoral (pues se entiende que ya lo han hecho por correo). También habrá un apéndice en el que se podrán reflejar las altas o bajas de última hora en el censo.
Habrá también una lista numerada de votantes en la que se anotará a cada elector que deposite su voto en la urna. Deberá conservarse en cada Mesa el acta de constitución de la misma, que se entregará al final de la jornada. Por último, habrá certificados de votación y asistencia a disposición de quien lo solicite.
Existirá un juego de tres sobres en los que la Mesa deberán incluir la documentación electoral y los recibos de entrega correspondientes, que tienen la finalidad de que la Mesa pueda justificar que se ha realizado la entrega de la documentación al finalizar la jornada electoral.
En el local electoral habrá papeletas de todos los partidos que concurran a las elecciones en el municipio y una cabina de votación en la que los electores podrán ejercer su voto de forma privada. Asimismo, la Mesa deberá exponer la lista del callejero de la sección electoral a la que pertenece y el rango alfabético de iniciales del primer apellido de las personas con derecho a voto que contiene.
Votación
Cada votante acudirá libremente a la urna, en la que depositará un sobre con la papeleta del candidato o candidata al que otorgue su voto. En la Mesa deberán votar únicamente las personas registradas en la lista del censo de dicha Mesa, que se identificarán llevando su DNI; su pasaporte (con foto); su permiso de conducir (con foto), válido también si se muestra en la app miDGT; o su tarjeta de residencia.
El acto de votar tiene carácter personal e intransferible, por lo que nadie puede ser representado por otra persona. Si una persona no sabe leer o por discapacidad no puede elegir la papeleta, colocarla dentro del sobre o entregarla a la Presidencia de la Mesa, puede pedir la ayuda de una persona de su confianza.
Para poder introducir el voto en la urna se comprobará si esa persona está en la lista del censo. Después se anotará el nombre y apellidos de la persona que vota en la lista numerada de votantes en el orden en que hayan emitido el voto y se incluirá el número con que figuran en la lista del censo electoral o, en su caso, que ha aportado una certificación censal específica de alta o una sentencia judicial.
Como ya se ha dicho antes, tras concluir las votaciones presenciales se introducirán los sobres de votos por correo y las últimas personas en votar serán los integrantes de la Mesa. Los apoderados deberán votar en el local en el que les corresponda por censo, aunque visiten varios durante la jornada; los únicos que podrán votar fuera de su censo serán los interventores acreditados en el acta de constitución de la Mesa.
Escrutinio
A partir de las 20:00 horas, cuando se acaban las votaciones, comienza el denominado escrutinio: se contarán los votos de cada urna y se anotarán los votos emitidos para cada candidato o candidata. Abierta la urna, el presidente extraerá, uno a uno, los sobres, los abrirá, leerá las papeletas en voz alta y enseñará cada papeleta, una vez leída, a vocales, interventores e interventoras, apoderados y apoderadas presentes. Los votos válidos son todos aquellos que consten de una papeleta, pero hay que distinguir qué son los votos en blanco y qué son los votos nulos:
¿Cómo son los votos en blanco?
- Los sobres que no contengan papeleta.
- El voto emitido a favor de una candidatura legalmente retirada.
- En las elecciones a municipios de hasta 250 habitantes o a Eatim, las papeletas en las que no se haya marcado ningún candidato o candidata.
- En el caso de electores o electoras temporalmente en el extranjero, las papeletas en las que no se haya escrito el nombre de la candidatura, candidato o candidata.
¿Cómo son los votos nulos?
- Los que se emiten en sobres o papeletas diferentes del modelo oficial.
- Las papeletas sin sobre.
- Los sobres que contengan más de una papeleta de distintas candidaturas (si se incluyen varias papeletas de la misma candidatura, se cuenta como un solo voto válido).
- Los que se emiten en sobres alterados.
- Las papeletas en las que se hubiera modificado, añadido o tachado el nombre de los candidatos y candidatas, alterado su orden de colocación, así como aquellas en las que se hubiera introducido cualquier leyenda o expresión, o producido cualquier otra alteración de carácter voluntario o intencionado.
- En el caso de elecciones Municipales, las papeletas en las que se hayan marcado más de cuatro candidatos o candidatas en municipios entre 101 y 250 habitantes, o más de dos en municipios de hasta 100 habitantes.
- En el caso de elecciones en municipios en Eatim, las papeletas en las que se hayan marcado más de un candidato o candidata.
Sí serán válidos aquellos votos emitidos en papeletas que contengan una señal, cruz o aspa al lado de alguno de los candidatos o candidatas, en la medida en que estas no tengan trascendencia o entidad suficiente para considerar que con ellas se haya alterado la configuración de la papeleta o se haya manifestado reproche de alguno de los candidatos o candidatas o de la formación política a que pertenezcan.
Tras el recuento, el presidente de la Mesa preguntará en voz alta si hay alguna protesta o reclamación y se registrarán las existentes. Después se destruirán las papeletas válidas, dejándose los votos nulos o los que hayan sido objeto de reclamación, que se firmarán y se guardarán.
Entonces se proclama en voz alta el resultado del escrutinio y los siguientes datos: el número de personas incluidas en las listas del censo electoral; el número de certificaciones censales de alta y sentencias aportadas si las hay; el número de personas que han votado; el número de votos nulos; el número de votos en blanco; y el número de votos obtenidos por cada candidatura.
Fin de la jornada
Después de proclamar el resultado del escrutinio, debe concluirse la jornada distribuyendo la documentación electoral en tres sobres:
- Sobre 1: Contendrá el original del acta de constitución de la Mesa, el original del acta de sesión correspondiente, los documentos a los que se haga referencia en el acta de sesión (la lista numerada de votantes, las papeletas nulas o que hubieran sido objeto de reclamación, las listas del censo electoral utilizadas, las certificaciones censales y/o sentencias judiciales aportadas y las copias de los nombramientos de interventores e interventoras, o los propios nombramientos si no se han recibido las copias) y las solicitudes de reintegro de gastos del voto por correo si las hubiera.
- Sobres 2 y 3: Contendrán copias del acta de constitución de la Mesa y del acta de sesión.
En el caso de elecciones a Entidades de Ámbito Territorial Inferior al Municipio, la documentación relativa a esta elección se incluye en los sobres correspondientes a elecciones Municipales, indicando en el exterior de los sobres: "Se incluye documentación de las Eatim".
Los sobres deberán cerrarse y firmarse por todos los miembros de la Mesa, incluidos los interventores, de forma que las firmas crucen la solapa de cada sobre (para demostrar que han sido firmados después de cerrarse).
El presidente deberá entregar los sobres 1 y 2 en el Juzgado de Primera Instancia o en el Juzgado de Paz en cuya circunscripción se encuentre la Mesa. Podrá ser acompañado por un o una vocal y los interventores o interventoras que lo deseen. La Fuerza Pública acompañará y, si fuera preciso, facilitará el desplazamiento de estas personas. El juez recibirá la documentación y firmará el correspondiente recibo (que debe encontrarse entre la documentación de la Mesa).
Uno de los vocales, al menos, debe permanecer en el local electoral hasta que se efectúe la entrega del sobre número 3 al empleado o empleada del servicio de correos, que firmará el correspondiente recibo (que debe encontrarse entre la documentación de la Mesa).
Una vez entregado el sobre número 3 finalizan las funciones de las personas que forman parte de la Mesa.