Este miércoles se conocía que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ratifica la condena de cuatro años de prisión por abuso sexual para el jugador del Real Club Celta de Vigo Santi Mina, impuesta por la Audiencia de Almería. La defensa del futbolista ha anunciado que recurrirá la sentencia ante el Tribunal Supremo.

La representación letrada del futbolista ha expresado a Europa Press su "decepción" ante el fallo de la Sala de Apelación ante un "recurso muy trabajado", que si bien es atendido parcialmente y rebaja la indemnización de 50.000 a 25.000 euros, mantiene en los mismos términos la condena por abusos sexuales, por lo que incidirá sobre este asunto en su recurso de casación.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía eliminó del relato de los hechos que Mina actuara en un marco de "superioridad" con respecto a la víctima, lo que para la abogada del acusado, Fátima Rodríguez, muestra que "en el principio acusatorio había una vulneración efectiva y real" en cuanto a la conducta del futbolista, aunque dicho aspecto no ha influido en la aplicación y fijación del tipo penal.

Entrada en prisión

Al respecto de la eliminación del término "superioridad" de la sentencia, el abogado de la acusación particular, Iván Bolaños, considera que va encaminada a evitar errores o confusiones de interpretación en cuanto a que no hubo consentimiento de ningún tipo por parte de la víctima ante los hechos, ni tan siquiera un consentimiento viciado por intimidación ambiental, entendido como superioridad.

Además, Bolaños ha expresado que solicitará ante la Audiencia Provincial de Almería durante las próximas semanas el ingreso preventivo en prisión de Santi Mina para evitar que pueda "eludir" la pena. La defensa no ha dudado en señalar la capacidad económica y de movimiento del futbolista, que se trasladó a Arabia Saudí para jugar la pasada temporada.

La defensa ha manifestado su intención de solicitar en las próximas semanas ante la Audiencia Provincial de Almería el ingreso en prisión preventiva del delantero en base a la sentencia confirmatoria coincidente prácticamente en su totalidad con el pronunciamiento de origen con el fin de evitar cualquier riesgo de que el condenado pueda "eludir" la pena. Para el letrado, esto debe ser tenido en cuenta para determinar su entrada en la cárcel.

Con todo, el fallo del TSJA deja un sabor "agridulce" en el abogado de la acusación particular. Bolaños subraya que si bien confirma la pena de cuatro años de prisión no atiende los argumentos, a los que se adhirió la Fiscalía, para elevar la condena al descartar la existencia de agravantes, sentido en el que aún estudian si elevarán recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Reducción de la indemnización

Como decíamos, el TSJA ha ratificado la rebaja de la indemnización de 50.000 a 25.000 euros. Aunque la acusación entiende las dificultades de atender indemnizaciones de daño moral y que la Sala ha recurrido un criterio "homogeneizador", defiende que hay paralelismos entre este caso y otros donde la indemnización ascendió hasta los 116.000 euros.

"El dinero nunca fue una prioridad, tendremos que valorar si es un aspecto que nos compensa", ha explicado Bolaños quien ha recordado que en un primer momento la víctima incluso llegó a rechazar compensación económica por lo ocurrido y que fue posteriormente, bajo asesoramiento legal, cuando se decidió pedir indemnizaciones.