El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia -TSXG- ha denegado el recurso presentado por un exdirectivo de Pescanova, que fue expedientado y, posteriormente despedido, por cargar a la compañía 8.074 euros en concepto de desayunos, comidas y cenas -el 62% de ellas se realizaron frente a la casa del individuo-. Además, el excargo se gastó cantidades vinculadas a un consumo de combustible con el que cubrió alrededor de 31.000 kilómetros.

La empresa consideró injustificados todos los gastos mencionados -realizados entre mayo de 2021 y enero de 2022-, de los que tuvo conocimiento cuando decidió aplicar un plan para reducir los costes de dietas entre su personal.

El directivo despedido invitaba a comensales, entre los que había clientes y compañeros, con un gasto medio por persona de entre 35 y 40 euros y, además, acostumbraba a abonar a la empresa las comidas que disfrutaba en un restaurante situado enfrente de su residencia.

Con respecto al gasto en combustible, la resolución judicial, contra la que todavía cabe recurso de casación -tal y como subraya Europa Press-; recoge que "resulta relevante a estos efectos destacar que su domicilio se encuentra a escasos cuatro kilómetros de su centro de trabajo y que la naturaleza del mismo no exige de manera habitual desplazamientos de larga distancia que puedan justificar esa estimación total de kilómetros recorridos".