El senador del PP y expresidente de la Diputación de Ourense, José Manuel Baltar, llega a declarar al Tribunal Supremo.

El senador del PP y expresidente de la Diputación de Ourense, José Manuel Baltar, llega a declarar al Tribunal Supremo. eduardo parra/ep

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El Senado da un paso más para que el Supremo pueda juzgar a Baltar con el apoyo del PP

El expresidente de la Diputación de Ourense está más cerca de perder su aforamiento, lo que significaría que el Supremo puede juzgarlo por un delito penal contra la seguridad vial

9 abril, 2024 14:55

La Comisión de Suplicatorios del Senado ha aprobado este martes, con el apoyo del PP, la autorización para que el Tribunal Supremo (TS) pueda dirigir un procedimiento penal contra su senador José Manuel Baltar por un delito contra la seguridad vial por presuntamente conducir un coche a 215 kilómetros por hora en la autovía A-52. Ahora se eleva al Pleno de la Cámara Alta para que se apruebe definitivamente este ‘plácet’.

En concreto, la Comisión de Suplicatorios se ha reunido este martes a puerta cerrada y ha aprobado este trámite por unanimidad, según han informado a Europa Press fuentes presentes en la reunión. El PP ha votado a favor de seguir adelante con el suplicatorio, garantizando que haya luz verde a suspender el aforamiento de Baltar y que por tanto el Supremo pueda activar al procedimiento.

La Sala de lo Penal adoptó la decisión de pedir al Senado el suplicatorio después de que la magistrada instructora de la causa, Ana Ferrer, elevara una exposición razonada para que se solicitara la autorización a la Cámara Alta con el fin de suspender la inmunidad que goza el senador como aforado y proceder penalmente contra él al haber apreciado indicios de delito.

En el marco de la resolución, recogida por Europa Press, el tribunal ha estimado pertinente suspender por ahora la tramitación de las actuaciones referidas al senador mientras que el Senado resuelva sobre la autorización solicitada.

La magistrada instructora estimó proceder contra Baltar al entender que, aún aplicando el margen de error del 5% que establece la normativa sobre el resultado del radar, la cifra alcanzaría los 204 kilómetros por hora en un tramo en el que la velocidad máxima permitida era de 120 kilómetros por hora, lo que a su juicio encaja en un delito contra la seguridad vial.