La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a 12 años de cárcel como autor de un delito de tentativa de asesinato, de maltrato habitual, de quebrantamiento de condena y de tenencia de armas prohibidas al hombre acusado de intentar matar a su ex mujer en 2018 disparándole en dos ocasiones. 

Además, le ha impuesto la prohibición de comunicarse con la víctima por cualquier medio durante 26 años, con instalación de dispositivo de control telemático para su cumplimiento, y el pago de una indemnización de 100.000 euros, 43.000 de ellos en concepto de daño moral.

Según la sentencia del tribunal, los hechos ocurrieron "tras los reiterados rechazos y negativas a sus peticiones de perdón y de reanudar la relación sentimental, consciente de que la ruptura era definitiva".

Humillaciones

Según el tribunal, considera probado que sometió a su ex pareja "casi desde el inicio de su relación y, en mayor medida, desde el año 2015" en el domicilio común y delante de la hija de ambos  "a continuas humillaciones y menosprecios, iniciando constantes disputas relativas a las decisiones domésticas, personales y a la educación de la hija en común, en las que le gritaba e insultaba". 

Además, pone de manifiesto que "la controlaba con una actitud sumamente celosa y violenta", poniendo como ejemplos la rotura de enseres domésticos, empujones, cogerla por el cuello y propinarle golpes y bofetadas.

Según las magistradas, "vulneraba su personalidad y su autoestima, consiguiendo crear un clima de terror para que acatara todas sus decisiones, doblegando su voluntad, anulada por el profundo miedo que su pareja le infundía por su carácter violento y dominante".

En la resolución, además, destacan que el acusado incumplió las penas de prohibición de aproximación y de comunicación que le impusieron a partir del mes de noviembre de 2018, "sin importarle la ineficacia de la resolución judicial que las imponía".

Hechos

En una de esas ocasiones, el 5 de diciembre de 2018, según relatan en el fallo, fue al domicilio de su expareja, pese a la existencia de la pena de alejamiento que se lo prohibía, esperó su llegada, sobre las 11:30 horas, y entró en la vivienda "con la decidida voluntad de acabar con su vida, consciente de que la ruptura era definitiva".

Las juezas consideran acreditado que el condenado fue a la habitación donde la víctima estaba acostada y, blandiendo un cuchillo de cocina, "le recriminó que le hubiera denunciado y le anunció la muerte", llegando a ponerse sobre ella y a colocarle un cuchillo en el cuello en repetidas ocasiones.

En la sentencia, indican que, acto seguido, salió de la habitación, cerró la puerta de la vivienda con llave, bajó las persianas de toda la casa, y, sorpresivamente, "se abalanzó sobre ella y le golpeó con el cañón de un revolver en el lado derecho de la cara y le disparó, sin perforarle, porque la víctima le golpeó la mano y desvió el tiro, consiguiendo que la munición sólo le arañara la mejilla".

A continuación, según la Sala, "intentó ponerle la pistola en la sien y le disparó de nuevo, consiguiendo la mujer, con su forcejeo, que el tiro le alcanzara en el lado derecho del cuello". Además, señala que, tras ello, la denunciante se quedó en la cama fingiendo estar inconsciente y el procesado se disparó a sí mismo, circunstancia que aprovechó la víctima para salir de la habitación, pero no de su domicilio porque el condenado había cerrado la puerta "para asegurar la culminación de su intención de matarla y que ella no pudiera escaparse", por lo que pidió auxilio por la ventana.

La sentencia no es firme, pues contra ella cabe presentar recurso ante el TSXG.