Un hombre ha sido condenado en Ourense a cinco años de prisión por abusar sexualmente, de manera continuada, de la hija menor de edad de una amiga. Del mismo modo, se le ha impuesto la prohibición de acercarse a menos de 300 metros del domicilio de la menor, lugar de estudios o cualquier otro lugar en el que se encuentre. Tampoco podrá comunicarse con ella durante cinco años.
Por otro lado, la sección segunda de la Audiencia Provincial ourensana ha decretado que el condenado deberá pagar a la víctima 4.000 euros por el daño moral causado y en concepto de responsabilidad civil.
El procesado compartió con la madre de la víctima, que era su amiga, el cuidado de sus hijos entre 2013 y 2018. La sala consideró probado que, en días no determinados y en repetidas ocasiones, "le tocó a la víctima en su zona genital, con la excusa de aplicar una crema, le mordió el culo y la besó en la boca".
Los magistrados consideraron que la menor víctima fue "rotunda y perseverante en su testimonio incriminatorio" y expuso "con detalle explicativo la realidad de lo acaecido". Añadieron, además, que su declaración fue "en todo coincidente con lo antes referido a su madre, ante la Guardia Civil, a las psicólogas, al juez instructor y, singularmente, a lo largo de la declaración prestada en juicio oral". También concluyeron que "no concurre motivo de resentimiento o de animadversión que permita calificar de inveraz la manifestación de la víctima".
Por último, la audiencia determinó que mediaron "corroboraciones periféricas detonadoras de la verosimilitud de la imputación formulada". Del mismo modo, la prueba pericial practicada, según indica el tribunal, también sirvió para "afianzar la credibilidad del testimonio de la menor".
La Audiencia Provincial de Ourense, dictó, no obstante, un pronunciamiento absolutorio respecto de las demás imputaciones sobre otros menores. La sentencia no es firme, pues contra ella cabe presentar recurso ante el TSXG.