La sección segunda de la Audiencia Provincial de Ourense ha condenando a 22 años y medio de prisión tras dictar sentencia de conformidad con el veredicto del tribunal del jurado popular, al hombre que hirió de gravedad a su primo y mató a la pareja de éste, en febrero del 2021 en el barrio ourensano de Velle.
El tribunal popular lo consideró responsable de dos delitos de asesinato con alevosía; uno de ellos consumado y el otro intentado; concurriendo en ambos casos el atenuante de alteración psíquica, puesto que el procesado sufre, desde los 18 años, una esquizofrenia del tipo paranoide.
Según señala la sentencia de la magistrada, el tribunal del jurado entendió acreditado que durante la madrugada del 19 de febrero de 2021 el varón, "con la intención de acabar con la vida de su primo y de su pareja", cogió un cuchillo en su vivienda y le dijo a su madre que se iba a matar conejos.
A continuación, se dirigió al domicilio de su familiar, situado en una finca aledaña, y a grito de "abre, abre", este le abrió la puerta. Tras lo cual le dijo "os voy a matar", para después abalanzarse sobre él y "eliminando toda posibilidad de defensa" clavarle un cuchillo repetidamente por diversas partes del cuerpo.
En ese momento, según consta en el fallo, hizo acto de presencia la pareja de su primo, quien le dijo al condenado "déjalo, ya está muerto", pese a lo que el acusado "lejos de cesar en su actitud" arremete contra ella asestándole dos cuchilladas profundas en cuello y tórax, para continuar propinándole "múltiples cortes por todo el cuerpo que le provocaron una hemorragia aguda grave y la muerte".
Para el tribunal del jurado popular y para la magistrada, el día de los hechos el trastorno psicótico del tipo esquizofrenia paranoide "limitaba levemente su capacidad de entender y actuar de acuerdo a tal comprensión", pero rechazan la apreciación de otras formas de atenuación más cualificadas o de eximente incompleta o completa como solicitaba la defensa.
En concepto de responsabilidad civil, el condenado deberá abonar un total de 150.000 euros a cinco familiares de las dos víctimas y 325.000 euros a su primo. Contra la sentencia cabe recurso ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.