La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha señalado para el próximo 13 de enero el juicio al senador del PP José Manuel Baltar por un presunto delito contra la seguridad vial.
El alto tribunal ha adoptado esta decisión después de que la magistrada Ana Ferrer dictara el pasado julio el auto de apertura de juicio oral contra el senador por presuntamente conducir un coche a 215 kilómetros por hora.
El Supremo ha declarado pertinentes las pruebas propuestas por la Fiscalía y por la defensa, que incluyen el interrogatorio del propio Baltar, así como la declaración de testigos, entre otros, de los guardias civiles que realizaron el atestado.
Ferrer concluyó que los hechos podrían ser constitutivos de un delito contra la seguridad vial, castigado con pena de prisión de tres a seis meses por el Código Penal y una multa de seis a 12 meses o de trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días; además, en caso de ser condenado, se le quitaría el carnet de conducir de 1 a 4 años. La magistrada también explicó que, aún aplicando el margen de error del 5% que establece la normativa sobre control metrológico del Estado, el resultado arrojado es de 204 kilómetros por hora, lo que sigue estando por encima de la velocidad máxima permitida en ese tramo de la autovía.
Abril de 2023
Los hechos se remontan al 23 de abril de 2023, cuando la Guardia Civil interceptó al que en ese momento era presidente de la Diputación de Ourense a 215 kilómetros por hora en la A-52, a su paso por Asturianos (Zamora), en un coche oficial del gobierno provincial.
El Ministerio Fiscal presentó ante los juzgados de Galicia un escrito de acusación contra Baltar considerándolo autor de un delito contra la seguridad vial, en la modalidad de conducción de vehículos a motor a velocidad superior a la legalmente permitida del artículo 379.1 del Código Penal. La Fiscalía, por su parte, pidió una pena de seis meses de multa a razón de cuota diaria de 10 euros, lo que se traduciría en unos 1.800 euros, y reclamó un año y un día de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores para el dirigente del PP.
Después de que el juzgado de instrucción acordase la apertura del juicio oral contra Baltar por hechos supuestamente constitutivos de un delito de conducción de velocidad, tras acreditarse su condición de senador designado por el Parlamento de Galicia, se inhibió y envió las actuaciones al Supremo.
Ferrer actuó contra Baltar toda vez que el Senado aprobó el suplicatorio y de que éste ya compareció voluntariamente ante el Supremo el pasado 19 de diciembre del año pasado, negando que condujera a esa velocidad. "No existió en ningún momento una velocidad superior a 200 kilómetros por hora", dijo su abogado, Ramón Montero, en declaraciones a la prensa.