Audiencia Provincial de Ourense

Audiencia Provincial de Ourense Europa Press

Provincia de Ourense

Confirmada la condena a una cuidadora de Ourense por inmovilizar a un niño para que comiese

Raúl Ameneiro
Publicada

La cuidadora de un centro educativo de Ourense condenada por inmovilizar "en reiteradas ocasiones" a un menor de tres años con discapacidad para forzarlo a comer ha visto cómo la Audiencia provincial confirmaba su pena de un año de cárcel.

Esta sentencia, recogida por Europa Press, confirma un fallo previo del Juzgado de lo Penal de Ourense que había visto acreditada la comisión de un delito contra la integridad moral, por el que la trabajadora fue inhabilitada para empleos relacionados con menores de edad durante dos años y debía pagar a la familia del niño una indemnización de forma subsidiaria con la Xunta.

Según la relación de hechos probados, se trata de una auxiliar técnico educativo que realizaba servicios complementarios para la asistencia y formación de escolares con discapacidad y que atendía en el comedor gestionado por el ANPA, entre otras labores.

Esta trabajadora estuvo al cargo del menor entre septiembre y noviembre de 2019. Durante este período, "en reiteradas ocasiones" agarraba "por la fuerza" al niño para "obligarle a comer" y lo hacía en presencia de otros alumnos y monitores.

Tal y como relata la sentencia, le sujetaba las manos con una mano y, con la otra, le introducía la cuchara en la boca al niño. "Lo sentaba en una silla con el respaldo contra la pared y poniendo la rodilla sobre las piernas del niño mientras este gritaba, forzándolo a comer".

Además, cuando el menor se caía de la silla, "lo dejaba en el suelo y seguía dándole la comida, mientras lo agarraba y el niño lloraba" y le decía frases como "vas a tragar el plato" o "a mí no me pegas".

Finalmente, el día 29 de noviembre de 2019, miembros del ANPA presenciaron uno de estos episodios y, tras recriminarle a la cuidadora su actitud, pusieron los hechos en conocimiento del director del centro.

El caso acabó en los tribunales y, tras la sentencia condenatoria del Juzgado de lo Penal de Ourense, la trabajadora presentó un recurso al que se adhirió la representación de la Xunta.

No obstante, los magistrados de la Audiencia Provincial confirmaron, en un nuevo fallo que todavía no es firme, que el comportamiento de la mujer "fue contrario a la dignidad del menor" y "atacó su integridad moral".

Asimismo, le ocasionó "un importante menoscabo" hasta el punto de que el centro de terapia al que acudía dos veces por semana observó un "retroceso" y un "cambio de actitud" en el niño.