La relevancia del proceso legal que se inició en Vigo en 2019 y que está apunto de culminar con una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea es enorme. El abogado laboralista Javier de Cominges Cáceres, del despacho Vento Abogados y Asesores, iniciaba un camino que puede suponer un cambio legislativo inminente en España que repercutirá directamente en la vida de casi 400.000 empleadas de hogar.
Según cuenta el letrado vigués, una empleada de hogar cercana a la cincuentena y preocupada por su futuro profesional, sabiendo que por edad y falta de formación, podría finalizar su contrato y tener complicado o imposible volver a encontrar trabajo en el futuro decidió "pelear por tener derecho no solo a la prestación de desempleo sino también todo el amparo de ayudas y subsidios sociales que tienen como requisito previo el haber agotado la citada prestación, como es el caso del subsidio de desempleo para mayores de 52 años", cuenta Javier de Comiges.
La mujer, afiliada al sistema especial de empleadas del hogar desde enero de 2011 presentó en noviembre de 2019, apoyada por su empleadora (dispuesta a abonar el coste correspondiente), ante la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) una solicitud de cotización a la protección por desempleo con el fin de adquirir el derecho a la prestación, resolviendo la Administración que ello no era posible.
A partir de ese momento, el abogado laboralista formalizó una demanda contra la resolución en la jurisdicción contenciosa administrativo (juzgado número 2 de esta en Vigo) en la que se "discutía si la negativa recogida en la ley a que el trabajo de empleada de hogar tenga derecho a la prestación de paro era discriminatoria por no tener ninguna justificación y afectar a un colectivo compuesto mayoritariamente por mujeres que desarrollan tareas feminizadas por razones históricas de rol de género. Lo que implicaría una discriminación indirecta por razón de sexo", explica el abogado de Vento.
Vulneración del derecho europeo
En la interposición de la demanda en el juzgado de lo contencioso administrativo, el abogado Javier de Cominges solicitó al magistrado que remitiera la cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) "motivando que estábamos ante un supuesto de discriminación por razón de sexo en el acceso a prestaciones de seguridad social lo que vulneraba el derecho europeo", explica. "Las partes efectuamos alegaciones y el magistrado elevó la cuestión prejudicial al TJUE, posteriormente nosotros pedimos que se desarrollara una vista oral, lo que se produjo el 30 de junio", añade.
Tres meses después, el abogado general del TJUE, Maciej Szpunar, ha señalado que, al ejercer su competencia en el ámbito de la seguridad social y, en particular, de las prestaciones por desempleo, los Estados miembros deben respetar el principio de no discriminación por razón de sexo en materia de seguridad social. "En contra de lo que alega el Gobierno español, el abogado general considera que la exclusión prevista por la legislación nacional establece una desventaja particular para los empleados de hogar", cuenta el escrito emitido en Luxemburgo.
Entre otras cuestiones, el abogado general ha destacado que "la exclusión de que se trata conduce a reforzar la concepción social tradicional de los roles, permitiendo, además, no solo explotar la posición, estructuralmente más débil, de las personas que integran este sector, sino también infravalorar su trabajo, que debería, por el contrario, ser reconocido y valorado por la sociedad".
Sentencia antes de 2022
Desde Vento abogados, Javier de Cominges apunta que "con suerte" podría haber sentencia antes de que acabe el año. Tras los alegatos remitidos desde la UE, aunque no resultan vinculantes, el despacho gallego asegura que "en la mayoría de los procesos que llegan al TJUE, los magistrados suelen seguir los criterios del abogado general", que en este caso concreto "ha respaldado todos los argumentos esgrimidos por nuestro compañero", apuntan desde el bufete.
Una sentencia favorable "reconocería que en el momento actual se está discriminando a un colectivo habitualmente desfavorecido, de más de 400.000 personas", señala el letrado vigués. Además, "ahondaría en las causas de discriminación en el mercado laboral de las mujeres y provocaría necesariamente un cambio legislativo para poder regular tanto la prestación como las cotizaciones por el desempleo", añade.
Imprescindibles y olvidadas
Las empleadas de hogar, cuya cotización en la seguridad social se aprobó en el año 2011 y pasó a ser obligatorio para los empleadores a partir del 2012, hace casi una década, ha sido un colectivo si bien imprescindible en tantos hogares, también olvidado en lo que a los derechos de los trabajadores se refiere.
Pendientes de una sentencia como la que pronto tendrá lugar y que podría cambiar la situación laboral de 400.000 personas en nuestro país uno tiende a preguntarse. ¿Cómo no se ha planteado antes? El abogado de la empleada de hogar gallega que ha comenzado este largo pero (hasta la fecha) fructífero proceso asegura que "hasta la fecha, a nadie se le ocurrió y a pocos les importó. Es un colectivo un tanto abandonado que no ha interesado a sindicatos ni partidos políticos, que habitualmente no están afiliadas ni agrupadas; muchas veces se trata de trabajadoras con escasos recursos, extranjeras. Es un grupo olvidado e invisibilizado".
Una sentencia favorable del TJUE permitiría iniciar reclamaciones para poder solicitar el pago del desempleo en el caso de trabajadoras que se encuentren en dicha situación. Además, respecto a los cambios en la normativa española, Javier de Cominges es claro: "deberían ser inmediatos, siendo este un claro ejemplo en el que podría hacerse mediante Real Decreto Ley; por lo menos con carácter inmediato y transitorio; sin perjuicio de que se pueda ahondar en su regulación en un futuro a través de grupos de trabajo específicos", cuenta el letrado.