El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 1 de Redondela (Pontevedra) ha acordado denegar las medidas cautelares interesadas e imponer las costas judiciales a Experience Group, tras la demanda impuesta contra la gallega Alfico. Aunque cabe recurso de apelación, este primer paso parece dar la razón a la filial gallega del grupo New Balance, contratada para distribuir material de la firma desde el año 2016.
Experience Group, que explota la marca estadounidense en la Península Ibérica, demandó a Alfico por dar por terminada su relación comercial. En concreto, la primera cuenta con un contrato de licencia de los productos hasta el 31 de diciembre de 2021 y el pasado mes de octubre la parte demandada le comunicó la suspensión de la distribución, que ha justificado en una deuda de 6 millones de euros contraída con ella.
Alfico, por su parte, defendía el pasado lunes en la vista preliminar su "derecho" a no continuar su colaboración con Experience Group, que distribuye sus productos. Mientras, el grupo ibérico ha afirmado que la renovación del acuerdo era tácita y ha alertado de que si la filial de New Balance no mantiene el suministro se producirá un inminente cierre de tiendas.
En la demanda, la empresa Experience Group ha defendido que el acuerdo se renueva automáticamente cada cinco años dentro de un plan estratégico hasta el 2025. Con la denuncia, Experience exigió unas medidas cautelares que exigían que se mantuviese el suministro y que este incluyese las últimas colecciones. También se pedía que se prohibiese a Alfico ponerse en contacto con las entidades financieras de Experience, propietarios de locales arrendados por ella, sus empleados, y con cualquiera con la que el grupo tenga relación comercial o contractual.
Un conflicto empresarial
El juez, alegando que "el relato efectuado por el actor no ofrece en este momento la claridad necesaria para poder adoptar una medida cautelar", ha acordado desestimar las peticiones de Experience Group.
Además, el magistrado ha explicado que el objetivo de Experience Group es que "se declare la vigencia de los contratos hasta 2025" por los que puede acceder al suministro y la distribución de los productos de New Balance y se condene "a cumplirlos hasta entonces" a la demandada, que defiende que expirarán el 31 de diciembre de 2021.
"El objetivo último de la demandada es hacerse con el negocio de la actora a coste cero" y "frenar esta estrategia es el cometido último de la medida", señala en el auto. No obstante, ha advertido de que "ello no guarda relación con la tutela judicial que se planea interesar, sino con el conflicto empresarial que mantienen las partes".