El Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso de casación presentado por Stellantis Vigo y ha declarado firme la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que condenaba a la compañía a indemnizar con 30.000 euros a la CUT por vulnerar su "libertad sindical".
La multinacional de automoción recurrió al Supremo para solicitar una unificación de doctrina, puesto que consideraba la existencia de "disparidad de criterios" respecto a los hechos juzgados.
Además, tal y como ha recogido Europa Press, la empresa expuso otra serie de motivos por los que consideraba que tendría que declararse nula la sentencia. Sin embargo, el Supremo no ha admitido el recurso, declarando firme el fallo del TSXG.
El Alto Tribunal gallego condenó a Stellantis Vigo al pago de una sanción de 30.000 euros por tres vulneraciones de la "libertad sindical". En concreto, la sentencia declaró nulo el acuerdo individual de teletrabajo así como la decisión de la empresa de aplicarlo al existir "indicios de vulneración de la libertad sindical".
En un comunicado, la CUT ha celebrado la decisión del Tribunal Supremo, lamentando la "clara política antisindical" de la empresa contra la CUT, que ha lamentado "el ninguneo continuado al que pretende someter al sindicado, ocultando continuamente la información indispensable para poder actuar en la defensa de los trabajadores y limitando la acción sindical, al que ahora y una vez más con esta nueva sentencia, le pone freno el Supremo".
La CUT ha recordado que el fallo ratifica que el acuerdo de teletrabajo que fue "impuesto unilateralmente" por la empresa es "nulo", pese a que contó con el "silencio cómplice de SIT, UGT y CC.OO.", destaca en su escrito.