PONTEVEDRA, 23 Feb. (EUROPA PRESS) –

La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a penas que suman 12 años y 11 meses de cárcel a un vecino de la ciudad por maltratar de forma habitual a su mujer, a la que agredió sexualmente y amenazó.

En la sentencia, los magistrados consideran probado que el acusado, que estuvo casado durante 40 años con la víctima, antes de separarse en 2018, se dirigía a su pareja de forma vejatoria y la maltrataba, especialmente a partir de 2016, cuando estuvo un tiempo sin trabajar.

El tribunal provincial señala que tenía un "comportamiento agresivo y controlador", que agredía y amenazaba de forma constante a su mujer, a la que decía que la iba a matar, y la insultaba de forma frecuente. Esta situación generó en la víctima "un sentimiento de miedo y temor permanente".

La Audiencia también considera probado que, al menos en una ocasión, el acusado obligó a la mujer a mantener relaciones sexuales, y lo intentó en otra, desistiendo ante la advertencia de su esposa de que gritaría y podrían escucharla unos familiares. En todo caso, la sentencia refleja que los informes periciales evidencian que la mujer fue sometida a otros episodios similares.

Testigos

Además, los magistrados dan credibilidad al testimonio de la víctima (salvo por las contradicciones sobre una de las supuestas agresiones sexuales, que no ven probada) y también al de testigos, como una sobrina y una hija del matrimonio, que relató en el juicio que "siempre" había tenido miedo a su padre, y que eran frecuentes las discusiones, insultos, gritos y amenazas hacia su madre por parte del acusado.

Por todo ello, el tribunal considera al acusado autor de un delito de maltrato habitual en domicilio, un delito de amenazas contra la mujer, un delito de lesiones, un delito de agresión sexual (con la agravante de parentesco y género) y otro en grado de tentativa (con la agravante de parentesco y género, y la atenuante de intoxicación etílica).

Así, lo condena a penas que suman 12 años y 11 meses de cárcel, e impone la prohibición de acercarse a la víctima durante más de 21 años, la prohibición de tener armas durante 6 años y medio, y la medida de 9 años de libertad vigilada. En cuanto a la responsabilidad civil, establece que deberá indemnizar a su exmujer en algo más de 6.000 euros por las lesiones y el daño moral.