El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra ha declarado abusivas las prácticas de Orange que consistían en incluir consumidores en ficheros de solvencia patrimonial por reclamarles deudas una vez ya había finalizado el contrato con ellos y estos se oponían a su pago.

Es decir, la compañía telefónica añadía a ficheros de morosos a clientes que se habían dado de baja o realizaron la portabilidad a otro operador, sin que nunca antes esos consumidores hubiesen incurrido en ningún impago de lo adeudado a Orange o "hubiesen sido incluidos en los ficheros de solvencia patrimonial por carecer de solvencia o por presentar riesgo de morosidad en el cumplimiento de sus obligaciones dinerarias".

De esta forma, el magistrado ha estimado parcialmente la demanda interpuesta por el Ministerio Fiscal frente a Orange Espagne y la ha condenado a cesar de inmediato en dichas prácticas abusivas, así como a abstenerse de reiterarlas en el futuro.

Además, ha ordenado que pague la publicación del fallo de la sentencia en el diario más leído según el Estudio General de Medios, pues hay consumidores afectados en toda España. En el caso de que reitere las prácticas abusivas prohibidas, según establece el titular del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra en la resolución, se le impondrán multas coercitivas de 60.000 euros por cada reiteración.

La sentencia no es firma y contra ella cabe presentar recurso.

Una práctica habitual

El tribunal destaca que Orange ha venido manteniendo "como práctica habitual con antiguos clientes que ya se han dado de baja en sus servicios, incluso a los que prestaba esos servicios de manera defectuosa, la de incluir sus datos en ficheros de solvencia patrimonial por impago de deudas reclamadas una vez finalizada su relación contractual con ellos, a pesar de que esos clientes nunca habían faltado al pago de otras deudas con anterioridad".

Además, añade que, en la mayoría de los casos, se trata de deudas de escasa cuantía. Es por todo ello que la inclusión de las personas que se encuentran en estas circunstancias en esos ficheros "solo puede tener el objetivo real de perjudicar su reputación, a modo de vendetta, por oponerse al pago de una deuda que Orange considera legítima o bien el de servir de medio de presión para que se plieguen a las exigencias de la empresa y procedan a pagar la deuda cuya procedencia inicialmente discutían".

El juez explica que el fin perseguido con la inclusión de datos personales de los clientes en los ficheros de solvencia patrimonial "ha de ser exclusivamente el de ofrecer a los usuarios de tales ficheros información sobre la solvencia de esas personas cuyos datos se han incluido, con el objeto de prevenir la morosidad".

Dicho esto, recalca que "no puede considerarse como fin legítimo de la inclusión de datos el de inducir a las personas afectadas a satisfacer las deudas o supuestas deudas cuyo impago se recoge en el fichero", un extremo que el juez recuerda que ha sido confirmado por la jurisprudencia del Tribunal Supremo.