La Audiencia Provincial de Pontevedra ha confirmado la pena de dos años de prisión a un hombre de Marín por un delito de tenencia y distribución de pornografía infantil en agosto de 2019. El tribunal a ratificado la sentencia del Juzgado de Instrucción número 2 de Marín, dictando una sentencia firme contra la que no cabe recurso de apelación.

La sentencia explica que fue una vecina del condenado la que denunció los hechos, tras recibir en su teléfono móvil varias fotos de carácter pornográfico de niños de entre 4 y 7 años, que le envió por Whatsapp el acusado. En las mismas se veían relaciones sexuales explícitas, por lo que la mujer acudió inmediatamente a una comisaría de Policía, desde la que se organizó un registro en la casa del acusado.

En el domicilio del condenado se encontró un teléfono móvil en el que guardaba archivos de contenido sexual entre menores, "algunos claramente con edades inferiores a los 16 años", y se comprobó que dichos vídeos habían sido enviados a otros usuarios. También se requisó un ordenador en su lugar de trabajo en el que se localizaron "un total de 650 archivos de imagen y tres vídeos en los que aparecen menores de edad participando en actividades de tipo sexual".

Por todo ello, la Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado al acusado a dos años de prisión con inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como la inhabilitación para el ejercicio de profesión, oficio o actividad retribuida o no que conlleve contacto con persona menor de edad por un periodo de cinco años. No obstante, no deberá ingresar en prisión, si no que permanecerá en libertad vigilada y deberá participar en programas formativos y de educación sexual (todo ello condicionado a que no cometa ningún delito durante este período).