La Audiencia de Pontevedra rebajará la pena de dos condenados por delitos sexuales en aplicación de la nueva ley del "solo sí es sí". Lo hace de un total de seis solicitudes sobre las que se ha pronunciado; en el caso de las otras cuatro, ha decidido mantener las penas impuestas ya que, con la nueva ley, o el castigo es el mismo o aumenta, por lo que no es más favorable a los condenados.

En el primero de los casos en los que ha rebajado la pena, de seis a cuatro años, se trata de un hombre que agredió sexualmente a una menor en el exterior de una discoteca de Tui. Al ser condenado con la pena mínima, que estaba fijada en seis años, la revisión conlleva que se rebaje a cuatro, según la nueva ley.

En el otro supuesto, se rebaja de ocho a seis años de prisión la pena a un condenado por abusar de la hija de su pareja. De nuevo, la Audiencia de Pontevedra esgrime el cambio de la pena mínima a imponer con la entrada en vigor de la nueva ley, por lo que se tiene que aplicar aquella que favorezca al reo.