VIGO, 27 Ene. (EUROPA PRESS) –

El juzgado de Instrucción número 4 de Vigo ha dado por finalizada la investigación judicial sobre los supuestos abusos sexuales cometidos por docentes en la Escuela de Arte Dramático, y ha ordenado que se siga la causa contra dos de los profesores denunciados, mientras que ha decretado el sobreseimiento con respecto a otro profesor, al entender que los hechos denunciados ya han prescrito.

Según han informado fuentes del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), el juez señala que los hechos fueron denunciados el 19 de octubre de 2020 y, a efectos de prescripción, deben tenerse en cuenta los que fueron cometidos con posterioridad al 19 de octubre de 2015. Teniendo esto en consideración, ha decretado el sobreseimiento de las actuaciones con respecto a uno de los docentes, que fue denunciado por siete alumnas.

En su auto, el instructor ha acordado que se dé traslado al Ministerio Fiscal y a las acusaciones personadas para que formulen sus escritos solicitando, bien la apertura de juicio, bien el sobreseimiento, sin perjuicio de que puedan, excepcionalmente, solicitar la práctica de diligencias que consideren imprescindibles para formular sus acusaciones.

Con respecto a los dos profesores contra los que siguen las actuaciones, fueron denunciados por dos estudiantes (una de ellas denunció a uno de los docentes, y la otra a los dos), como autores de supuestos delitos de acoso y/o abuso sexual.

El juez apunta que las declaraciones de las perjudicadas en sede judicial y ante la Policía son el principal indicio contra los sospechosos, y admite que la "lejanía" de los hechos en el tiempo "dificulta, de manera clara, la determinación concreta de fechas y actos". A ello se suma que muchas de las situaciones denunciadas ocurrieron "durante la práctica de actividades de interpretación teatral, donde el contacto corporal suele ser innato a la propia actividad docente y, como alguna de las víctimas ha declarado, los hechos denunciados son actos que definen como de acoso ‘sutil'".

Finalmente, aunque el magistrado ha valorado el "efecto estigmatizador y pernicioso que implica el mero hecho de verse envuelto en un procedimiento penal de esta naturaleza, por hechos tan graves y delicados, y más si finalmente se abre juicio oral", también ha concluido que no se puede privar a las víctimas "de la posibilidad de defender en juicio la presunta existencia de hechos tan graves como los que se denuncian".