VIGO, 29 Jun. (EUROPA PRESS) –
El Juzgado de lo Penal 3 de Vigo ha dictado sentencia en la que condena a un hombre, I.J.R.A., al pago de una multa de 540 euros como autor de un delito de acoso, y al que le ha aplicado la eximente incompleta de alteración psíquica.
Según el escrito de acusación de la Fiscalía, este hombre conoció a la víctima, que vivía en su misma calle, cuando ambos coincidían paseando a sus perros.
Desde entonces, y a lo largo de unos 12 años, el procesado ha estado acosando al perjudicado, al que llamaba "gatito mío", haciéndole llamadas y videollamadas constantes, incluso de madrugada, enviándole mensajes con comentarios obscenos y de mal gusto, enviándole flores, dejándole notas en el buzón e incluso esperándolo sentado en un banco a la puerta de su domicilio.
La víctima presentó numerosas denuncias contra su acosador que, de hecho, fue condenado hasta en tres ocasiones por los delitos de vejaciones e insultos, coacciones y amenazas. Como consecuencia de una de esas sentencias, se le impuso la prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima, una medida que el procesado incumplió varias veces.
Precisamente, en una de las ocasiones en las que quebrantó la orden de alejamiento, en mayo de 2021, fue detenido por agentes de la Policía Nacional.
El acusado reconoció los hechos
En la vista de conformidad celebrada este miércoles, la Fiscalía (que inicialmente pedía un año de prisión y una indemnización de 6.000 euros para la víctima) aceptó aplicarle la eximente incompleta de alteración psíquica ya que, según los informes forenses, el acusado, que reconoció los hechos, presenta una trastorno de control de impulsos que merma parcialmente su capacidad volitiva.
Así, la sala lo ha condenado al pago de una multa de 540 euros (que pagará en 12 plazos de 45 euros) y le ha impuesto la prohibición de acercarse a menos de 100 metros o comunicarse con el perjudicado por un período de 2 años. La víctima ha renunciado a la indemnización.