El Juzgado del Social número 5 de Vigo ha condenado a la Autoridad Portuaria de Vigo por vulneración del derecho de libertad sindical de una trabajadora. El organismo deberá pagar una indemnización a la afectada.
Según el fallo judicial, la Autoridad Portuaria abrió un proceso para un puesto de sustitución con categoría superior para el que la demandante se presentó, al cumplir los requisitos. Sin embargo, fue elegido otro compañero que no reunía tantas competencias para ello. Se considera que el hecho de que la trabajadora formara parte del comité de empresa se tuvo en cuenta para quedar excluida del proceso.
La sentencia anula el nombramiento del trabajador resultante. Desde la CIG informaron que los criterios "cambiaron para dejar fuera a la representante de la central sindical, conculcando los principios de igualdad, mérito y capacidad". Lamentan la "actitud discriminatoria" de la Autoridad Portuaria y critican a los otros sindicatos con representación de ser "cómplices".
La CIG afirma que en el momento en que la delegada de la CIG era "la candidata idónea para la ocupación del puesto de superior categoría", desde la Autoridad "cambiaron el criterio establecido para las movilidades funcionales, desmarcándose del modelo de Gestión por Competencias regulado en el III Convenio Colectivo, permitiendo el nombramiento a dedo y dilapidando así la objetividad y los principios de igualdad, mérito y capacidad".
El fallo judicial condena también al organismo público a abonarle a la afectada las diferencias salariales de todo el período que el trabajador nombrado tras lo proceso ahora anulado estuvo desarrollando funciones de superior categoría. Asimismo, el representante estatal de la CIG en la Comisión Paritaria de Puertos del Estado anunció que "si Vázquez Almuíña no actúa en consecuencia" pedirá la intervención del presidente de Puertos del Estado.