Absueltos los padres de dos menores acusados de un delito de abandono de familia debido a que, en enero de 2022, desescolarizaron a sus hijas de su centro educativo para que pudieran asistir a clases online de una academia de California. En aquel momento las niñas cursaban segundo y sexto de primaria.

En la sentencia, la magistrada del Juzgado del Penitenciario número 1 de Vigo señala que los padres de las menores fueron confrontados por el director del centro educativo que les explicó "la improcedencia de la enseñanza telemática". Además, relata que el 19 de mayo de 2022 acudieron a una comparecencia en Fiscalía de Menores, "siendo advertidos en el mismo sentido, a pesar del cual continuaron sin llevar a sus hijas al colegio".

Con estas declaraciones la jueza subraya que quedó acreditado que los acusados "consideraron más oportuna, idónea y adecuada la educación en un centro privado no homologado de su elección, más acorde a sus convicciones". "Partiendo del derecho a la educación y la obligatoriedad de la escolarización en centro homologado, la cuestión se centra, fundamentalmente, en determinar cuál es el terreno competencial adecuado para juzgar la desescolarización", explica la magistrada en el fallo.

En la sentencia, que no es firme, pues contra ella cabe presentar recurso, la titular del Juzgado del Penitenciario número 1 de Vigo subraya que, en el ámbito penitenciario, "la falta de escolarización de los menores no va unida la una situación de desamparo o riesgo social del menor, por lo que no es susceptible de integrar el tipo penitenciario del delito de abandono de familia del artículo 226 del Código penal".