El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado una sentencia de primera instancia que da la razón al Sergas al excluir a una trabajadora de las listas de contratación temporal por "maltrato verbal" a pacientes del centro de salud de Sárdoma, en Vigo, y a compañeros del PAC de la ciudad olívica.
El alto tribunal gallego ha rechazado, así, el recurso de la trabajadora al considerar que ya en el juzgado contencioso administrativo se demostró como "abrumadora" la prueba contra la mujer. Además, según recoge Europa Press, ha indicado que en el expediente abierto contra ella figuran reclamaciones de pacientes y también escritos de trabajadores del centro de salud, un informe del jefe de servicio, escritos de alegaciones de testigos y escritos de trabajadores que coincidieron con ella en el PAC de la ciudad.
La decisión del Sergas llegó por el "maltrato con violencia verbal" a dos usuarios del centro de salud, que incluso causó un ataque de ansiedad a un paciente, además del maltrato a otros compañeros de servicio y la incorrecta utilización del procedimiento de citación presencial de pacientes, "lo cual impidió el eficaz abordaje del cribado pre-Covid".
En el caso de los trabajadores del PAC de Vigo explicaron que la mujer "siempre llegaba tarde", abandonaba su puesto de trabajo y regresaba cuando consideraba oportuno, manteniéndose ilocalizable, y respondía de manera "desafiante" cuando era recriminada. Además, añadieron que no cumplía con su trabajo, generando "estrés y mal ambiente" y sobrecargando a sus compañeros, lo que afectaba al funcionamiento del servicio.