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El Concello de Vigo insiste: No hay autorización para la discoteca del Palacio de la Oliva
- Solo se le permiten las actividades de restaurante, cafetería, bar, salas de presentaciones, exposiciones y conferencias
- Más información sobre este litigio: El Palacio de la Oliva tilda de "error" la decisión del Concello sobre sus instalaciones
Los últimos meses del año se están convirtiendo, para bien y para mal, en muy significativos para el devenir del Palacio de La Oliva, un enclave que acaba de soplar las velas de su segundo aniversario.
Sin embargo, el proyecto hostelero más ambicioso de la ciudad y gracias al que se ha recuperado uno de los edificios históricos de la urbe olívica -sus muros atesoran 10 siglos de historia- no ha recibido buenas noticias para esta efeméride, sino más bien todo lo contrario.
El Concello de Vigo ha resuelto la declaración responsable -y las preceptivas correcciones- presentada por la entidad Getting Back Stones SL determinando, al mismo tiempo, la caducidad del procedimiento de declaración de ineficacia: El ente local insiste en que El Palacio solo puede desempeñar las actividades permitidas en el Plan Especial del Casco Vello.
Para entender lo anterior, hay que retrotraerse a hace justo un año, cuando el Consistorio vigués dictó el cese de actividad en una de las salas de eventos del recinto -concretamente, la discoteca-. La edil de Urbanismo, María Xosé Caride, señaló por aquel entonces que el uso como discoteca estaba "totalmente prohibido tanto en la delimitación de zonas acústicamente saturadas, como en el Plan Especial de Protección y Reforma Interior (Pepri) del Casco Vello".
Desde el Palacio de La Oliva no compartieron aquella decisión, e insistieron en que estaban llevando a cabo "una actividad autorizada y plenamente ajustada a la legalidad".
Otra negativa, un año después
Un año después el Concello de Vigo ha vuelto a determinar que en este proyecto hostelero se permiten solo las actividades de "restaurante, cafetería, bar, salas de presentacións, exposicións e conferencias". No estando permitidas, insisten en el ente local vigués, non estando permitidas "as celebracións de todo tipo ás que fai referencia na documentación asinada o 14/10/2024 polo arquitecto Pedro de la Puente Crespo".
Así, el documento resolutivo también recoge que el equipo de megafonía "estará vinculado ao desenvolvemento das actividades de charlas, conferencias presentacións de libros, conferencias e coloquios". En definitiva, concluyen en el Concello de Vigo no están permitidos los usos como "salón de xogos, salón recreativo, sala de festas, discoteca, salas de baile, karaoke, pubs, exhibicións especiais, tablaos flamencos, café-teatro, café-concerto o café-cantante".
Contra esta resolución se podrá interponer un recurso de reposición ante el órgano que la dictó en el plazo de un mes, o un recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados del Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses.