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El endurecimiento de las leyes migratorias en Estados Unidos ha provocado la detención de miles de inmigrantes, de los cuales un gran porcentaje recibe una orden de deportación que les obliga a abandonar el país norteamericano por diversos motivos como irregularidades en su estatus migratorio.

Sin embargo, y a pesar de lo “condenatorio” que pueda significar este proceso, lo cierto es que existe una opción legal que puede evitar la expulsión: la cancelación o suspensión de deportación.

Gestionado por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) y el Departamento de Justicia, este proceso, además de buscar contrarrestar la expulsión, también puede considerarse como una acción reversible que tiene la facultad de brindar ayuda a un inmigrante que desea regularizar su situación migratoria y permanecer en los Estados Unidos de manera legal.

Requisitos para solicitar la suspensión de deportación

Solicitar la suspensión de deportación exige una serie de requisitos de acuerdo con el estatus migratorio de cada persona. En el caso de los residentes permanentes legales que hayan sido detenidos y puestos en remoción, estos son los requisitos que deben comprobar para optar por esta opción legal:

  • No haber sido condenado por un delito grave agravado.
  • Contar con el estatus de residente permanente legal por al menos cinco años.
  • Residir de manera continua en los Estados Unidos durante siete años después de una admisión legal.

En el caso de las personas no residentes, caracterizadas por no haber obtenido la Green Card, deberán presentar los siguientes requisitos en caso de querer contrarrestar una deportación:

  • Presentar una buena conducta moral durante el proceso.
  • Demostrar presencia física continua en los Estados Unidos durante al menos diez años.
  • Comprobar que su deportación afectaría a un familiar directo que sea ciudadano estadounidense o que cuente con la residencia permanente legal.

Proceso para solicitar la cancelación de deportación

En ambos casos, los solicitantes deberán presentar el formulario correspondiente ante un tribunal de inmigración:

  • Formulario EOIR-42A, en el caso de residentes permanentes legales.
  • Formulario EOIR-42B, en el caso de los no residentes.

Ambos formularios deberán estar acompañados de los documentos requeridos en los dos casos. Posterior a la entrega de los documentos, será el juez de inmigración quien determine la aprobación o negación de la solicitud.

Es importante mencionar que diversos aspectos, como los antecedentes penales y los vínculos con la comunidad, entre otros, pueden tener un peso significativo en la determinación del juez.