Luis Eduardo Ramírez el día que fue juzgado en Valencia.

Luis Eduardo Ramírez el día que fue juzgado en Valencia. EFE

Valencia CASO OLTRA

La Audiencia de Valencia dará entre 10 y 15 días al ex de Mónica Oltra para ingresar en prisión

Si Ramírez Icardi no atiende a esta petición voluntaria, el tribunal dictará una orden de detención.

15 diciembre, 2023 02:48
Valencia

La comunicación del Tribunal Supremo adelantando el fallo que confirma la condena de cinco años de prisión al exmarido de Mónica Oltra por abusar de una niña tutelada ha activado el procedimiento para ejecutar la pena.

La Audiencia de Valencia, primer órgano judicial que condenó al agresor, dará un plazo voluntario de entre 10 y 15 días a Luis Eduardo Ramírez Icardi para que ingrese en prisión y elija el centro donde cumplirá la pena. El plazo final que se le conceda será determinado por el tribunal que le condenó.

Si Ramírez Icardi no atiende a esta petición voluntaria, la Audiencia dictará una orden de detención para que sea localizado por la Policía Nacional y conducido a prisión, según apuntaron fuentes jurídicas a EL ESPAÑOL. Hasta ahora, el Ramírez Icardi siempre ha estado a disposición del tribunal desde que fue condenado por primera vez en 2019, hace cuatro años.

La decisión del Supremo es firme, pero la defensa podría alegar la interposición de un último recurso ante el Tribunal Constitucional (TC) por vulneración de sus derechos fundamentales, pero en la inmensa mayoría de los casos son rechazados y no tienen carácter suspensivo.

La Sala Penal del Tribunal Supremo confirmó este miércoles por unanimidad la condena a cinco años de cárcel impuesta por un delito continuado de abusos sexuales al exmarido de Oltra, que fue vicepresidenta y consellera de Igualdad del Gobierno valenciano hasta su dimisión en junio de 2022.

Oltra está siendo investigada en estos momentos por presuntos delitos de prevaricación, abandono de menores y omisión del deber de perseguir delitos al ocultar durante cuatro meses -según la Fiscalía- los abusos cometidos por Ramírez en un centro de menores dependiente de la Conselleria de Igualdad.

En 2016 y 2017 el exmarido de Oltra era educador en ese centro, donde residía la menor, objeto de abusos sexuales cometidos por Ramírez cuando la víctima tenía 14 y 15 años de edad.

La Audiencia Provincial de Valencia, primero, y luego el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, declararon probado que el monitor, que hacía el turno de noche, en varias ocasiones "acudió a la habitación de la menor cuando ésta se hallaba castigada" por no cumplir la normativa del centro, por lo que debía dormir en una habitación separada del resto de residentes.

La niña "tenía dificultad para conciliar el sueño por sus miedos, por lo
que reclamaba la presencia del educador e incluso le pedía que le hiciera una masaje, pues confiaba en el mismo".

De esta forma, Luis Eduardo Ramírez masajeaba a la menor el cuello y la espalda y, "una vez creía que se hallaba dormida, cogía la mano de la niña y se masturbaba con ella fingiendo M.T.T. dormir ante la vergüenza que le producía dicha situación".

En un fallo del que es ponente la magistrada Ana Ferrer, la Sala Penal del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de Ramírez, centrado en la supuesta falta de imparcialidad de la Audiencia Provincial cuando juzgó los hechos por segunda vez.

Cuando esté listo el fallo, se notificará a las partes personas y al órgano judicial que juzgó por primera vez a Ramírez, es decir, la Audiencia de Valencia. 

Cuando el tribunal reciba la resolución, concederá el plazo voluntario de entre 10 y 15 días para que el exmarido de Oltra ingrese de manera voluntaria en prisión y elija centro penitenciario. El procedimiento podría llegar a enero, aunque todo dependerá de cuándo se notifique el fallo final del Supremo, según precisaron fuentes de la Audiencia.

Primera condena

La Audiencia de Valencia dictó una primera condena contra el exmarido de la exdirigente de Compromís en noviembre de 2019.

Pero siete meses después el Tribunal Superior de Justicia declaró la nulidad parcial de la sentencia condenatoria y ordenó a la Audiencia que repitiera el juicio a los solos efectos de incorporar al conjunto de pruebas que debían ser valoradas unos informes periciales que no pudieron ser tenidos en cuenta porque la defensa los aportó con posterioridad a la primera sentencia condenatoria.

Las pruebas consistían en una serie de informes elaborados por organismos que colaboran con Igualdad que cuestionaban el relato de la niña y beneficiaba al monitor. Durante la investigación, la Conselleria no puso en conocimiento de la Fiscalía estos informes y la defensa usó este argumento para celebrar el juicio de nuevo.

La repetición parcial de la vista no alteró el resultado inicial y Ramírez volvió a ser condenado en marzo de 2021 a la misma pena, fallo que el TSJ respaldó en septiembre de ese año y el TS este miércoles.

Caso Oltra

El fallo adelantado se conoció este 15 de diciembre y ese mismo día estaba citada a declara la víctima en la causa abierta en Valencia en relación con este caso y que sigue en fase de instrucción.

Maite Tanco ratificó ante el juez que la Conselleria de Igualdad no la ayudó a interponer la denuncia y no evitó que el agresor siguiese trabajando con normalidad.

Maite Tanco este miércoles en los juzgados de Valencia.

Maite Tanco este miércoles en los juzgados de Valencia. EFE / A. ESCOBAR

La joven declaró en calidad de testigo en el marco de la causa que dirige el juzgado de Instrucción 15 y que tiene por objeto investigar precisamente si la Conselleria de Igualdad que dirigía Mónica Oltra, entonces esposa del ahora condenado por abusos, pudo dejar sin protección a la niña pese a que estaba tutelada por la Generalitat Valenciana desde el año 2011.