La Ley de Libertad Educativa de Mazón permitirá a las familias votar la lengua vehicular de los centros
PP y Vox presentan una ley que recuperará la doble línea en valenciano o castellano.
21 marzo, 2024 18:16PP y Vox han registrado este jueves en las Cortes Valencianas la nueva Ley de Libertad Educativa que permite a las familias elegir la lengua en la que estudian sus hijos.
Esta ley sustituirá a la del plurilingüismo puesta en marcha por el anterior Gobierno autonómico (compuesto por el PSPV, Compromís y Podemos) que se basaba en un modelo de porcentajes entre ambas lenguas cooficiales de la Comunitat Valenciana.
La propuesta recupera el anterior sistema de líneas, con la opción en castellano o en valenciano. Así, el texto establece que todas las familias tendrán derecho a participar en la elección de la lengua base (valenciano o castellano) de los centros educativos. La previsión es que entre en vigor para el curso 2025-26.
Los portavoces de los grupos parlamentarios del PP y Vox, Miguel Barrachina y José María Llanos, respectivamente, comparecieron juntos este jueves para anunciar una batería de proposiciones de ley conjuntas. Se trata de cuatro normas: libertad educativa, radiotelevisión pública valenciana, memoria histórica y transparencia.
Respecto a la primera, el número dos de Carlos Mazón en el PPCV, Juanfran Pérez Llorca, consideró que "la imposición en vez de reforzar el valenciano en la Comunitat Valenciana, lo que ha hecho es castigarlo". Apostó en este sentido, por una nueva ley que no discrimine a ninguna lengua, ni a ningún territorio.
Cambios en educación
La nueva norma otorgará a todas las familias el derecho a elegir la lengua base de los centros educativos.
Cuando accedan a un nuevo centro en Educación Infantil, la votación se realizará en el proceso de admisión. Para las familias con hijos ya matriculados, se efectuará a través de una consulta telemática.
Una vez se conozca el porcentaje de familias que opta por cada una de las lenguas en cada curso y centro escolar, se determinará cuántos grupos se ofertan en cada idioma.
Esa cifra de familias se actualizará anualmente al inicio de la escolarización en Educación Infantil, en primer curso de Educación Secundaria Obligatoria y en primer curso de Bachillerato.
Además, la voluntad de la ley es que en las zonas castellanohablantes se garantice que todo el alumnado curse la asignatura de valenciano. La solicitud de exención tendrá efectos en la evaluación y calificación únicamente, pero los alumnos deberán asistir y participar activamente.
La nueva normativa recoge el cambio que se ha aprobado ya por vía de la urgencia y que se aplicará el próximo curso. Se trata de la eliminación de la obligatoriedad de impartir un 25% del tiempo lectivo y asignaturas troncales en valenciano.
Por otra parte, la proposición de ley establece que en las asignaturas no lingüísticas, los alumnos podrán elegir si realizan los exámenes y las pruebas de evaluación en valenciano o castellano.
Calendario de aplicación
La propuesta de ley prevé que todas estas modificaciones se apliquen en dos años. A partir de la entrada en vigor de la misma, cualquier estudiante podrá pedir su certificación de valenciano según sus estudios previos y tendrá derecho a hacer sus exámenes en valenciano o castellano (excepto en las asignaturas de lengua).
También será obligatorio adaptar el tiempo en cada lengua para los alumnos con necesidades educativas especiales.
Además, durante el curso 2024-25 se extinguirán los programas experimentales del anterior Consell (presentes en 221 centros), en los que en Infantil no se imparte castellano.
También, se hará una consulta a todas las familias con hijos ya escolarizados (en Infantil, Primaria y ESO) para que decidan si quieren que sus hijos estudien mayoritariamente en valenciano o en castellano.
Con el resultado de esta consulta, al inicio del curso 2025-26 se configurará en cada centro educativo la lengua base (valenciano o castellano) para cada grupo, de manera que los alumnos ya puedan estudiar mayoritariamente en la lengua elegida por su familia.
Para los alumnos que se vayan a escolarizar por primera vez en Educación Infantil en el curso 25-26, las familias podrán elegir idioma, en el momento de pedir plaza escolar.
Certificaciones
Además, la futura ley certificará automáticamente el nivel de valenciano de los alumnos, según los cursos aprobados.
Así, se reconocerá un nivel A2 al superar el área de valenciano de los seis cursos de Educación Primaria. Se dará el B1 al aprobar dicha asignatura durante toda la ESO o en tres cursos de secundaria y en primero de Bachillerato.
Se otorgará el nivel B2 al superar con éxito la materia de valenciano en los dos cursos de Bachillerato y un C1, en los dos cursos de Bachillerato con una nota media de la asignatura igual o mayor a 7. También cuando se obtenga una nota de 7 o más en la prueba de valenciano del acceso a la universidad.
Si se aprueban los módulos de valenciano de formación de personas adultas el nivel de valenciano que se certificará es el A1.
El reconocimiento se realizará de forma retroactiva para todos los alumnos que hubiesen finalizado los estudios correspondientes a enseñanzas LOE. Por tanto, serán válidas las certificaciones de ESO y personas adultas desde el curso 2008-09 inclusive; y las certificaciones de Primaria, Bachillerato y acceso a la universidad desde el curso 2009-10.
Mérito para los profesores
Por otra parte, y como novedad, la nueva normativa reconocerá los conocimientos de valenciano del profesorado como mérito y no como requisito en formación profesional y enseñanzas de régimen especial.
El requisito de nivel C1 de valenciano será exigible únicamente a los docentes de Infantil, Primaria, ESO, Bachillerato y Educación de Personas Adultas. En el resto de enseñanzas los conocimientos de valenciano ya no serán requisito para el profesorado y pasarán a valorarse como mérito.
De esta forma, según explicaron los dirigentes políticos, se pretende atraer talento y evitar problemas en la contratación de profesorado de determinadas especialidades.
Además, la futura ley reconocerá las situaciones excepcionales de los profesores destinados en otras autonomías que solicitan una comisión de servicios en la Comunitat Valenciana, bien por causas sociales o por traslado de la unidad familiar.
A estos profesores se les autorizará la comisión de servicios, sin disponer de requisito lingüístico cuando este sea obligatorio, por un máximo de 4 años.