Valencia

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la condena a dos años de prisión y al pago de una multa impuesta a un hombre por un delito de apropiación indebida por haberse quedado con más de 140.000 euros de una hermana de la que era el tutor legal.

La Audiencia de Valencia declaró probado que el acusado dispuso del dinero de la víctima, que se hallaba ingresada en una residencia, en beneficio propio entre los años 2013 y 2019, mediante reintegros en cajeros automáticos, transferencias bancarias y pagos con tarjetas de crédito.

Los hechos fueron puestos en conocimiento de un juzgado de Primera Instancia en octubre de 2018 por una trabajadora social y la gerente de la residencia y el juzgado acabó revocando al acusado el cargo de tutor de su hermana unos meses más tarde, según ha precisado el TSJ en un comunicado.

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La Sala de lo Civil y Penal ha desestimado ahora el recurso de apelación del penado. Por ello, ha ratificado la sentencia del tribunal de instancia al entender que es "totalmente correcta, tanto por lo que se refiere a la valoración que efectúa de la prueba obrante en la causa como con respecto a las consecuencias de índole jurídica que liga a los hechos previamente aceptados como probados".

"Especialmente revelador es el informe de 4 de octubre de 2018, emitido por la dirección de tal residencia, en la que se explica el estado de desatención que la hermana discapacitada del acusado fue experimentando a lo largo de los años, hasta el punto de que quedaron impagados numerosos gastos generados por la atención que ella recibía en la residencia", recoge la sentencia, consultada por EL ESPAÑOL.

Según el TSJCV, "a esto se unen las tarjetas bancaria que el acusado obtuvo con cargo a las cuentas de la hermana discapacitada, así como los múltiples gastos que se fueron produciendo a lo largo de los años mediante el uso de tales tarjetas bancarias, que fueron destinados a pagar bienes y servicios obviamente ajenos a las necesidades personales de la persona discapacitada".

"Tratándose más bien de bienes y servicios que venían satisfaciendo las necesidades o caprichos del acusado".

La sentencia de apelación puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo (TS).