Mónica Oltra, en la Ciudad de la Justicia de Valencia. Efe / Manuel Bruque

Mónica Oltra, en la Ciudad de la Justicia de Valencia. Efe / Manuel Bruque

Valencia CASO OLTRA

El juez instructor procesa a Mónica Oltra tras la decisión de la Audiencia de Valencia de reabrir el caso

El magistrado Vicente Ríos visibiliza su discrepancia al subrayar en su auto un "único" fundamento de derecho: "Por imperativo legal".

21 junio, 2024 14:19
Dani Valero Juan Nieto

El juez instructor Vicente Ríos ha procesado este viernes a Mónica Oltra y a otros 15 investigados por la desatención a la menor tutelada que sufrió abusos sexuales por parte del exmarido de la exvicepresidenta valenciana Luis Eduardo Ramírez Icardi, condenado a 5 años de prisión.

Su auto de incoación de procedimiento abreviado, al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, se produce tan solo un día después de que la Audiencia de Valencia ordenara reabrir el caso, que el propio instructor había archivado al no apreciar indicios suficientes.

El magistrado ha dejado patente su discrepancia al redactar un auto que se explaya durante más de 40 páginas en los argumentos que le llevaron a archivar y que, en los fundamentos de derecho que introduce para justificar la reapertura, tan solo menciona un punto "único": "Por imperativo legal".

Se trata del paso previo al juicio, que será inevitable para Oltra y el resto de investigados porque la víctima de los abusos mantendrán su acusación.

Como informó este periódico, la Sección Cuarta de la Audiencia de Valencia reabrió este jueves la causa. La Sala sí consideró que "existen indicios suficientes para encausarlas".

"Tras examinar el resultado de la instrucción practicada, que se expone de forma pormenorizada en la resolución impugnada, la Sala estima, discrepando del criterio del instructor, que no puede descartarse claramente la comisión de infracción penal", recoge la resolución.

Siendo posible identificar, señaló el tribunal, "en relación a determinadas actuaciones, una suficiencia indiciaria que justifica la continuación del procedimiento".

Para la Sala, dichos indicios justifican que, una vez que se practiquen las diligencias que se estimen necesarias, "la acomodación del procedimiento a los trámites del procedimiento abreviado y posterior apertura, en su caso, de juicio oral".

Así, la Sala de la Sección Cuarta estimó parcialmente los recursos interpuestos por la acusación particular, que ejerce la víctima de los abusos a través del líder de la formación de ultraderecha España 2000, José Luis Roberto, y de dos acusaciones populares, ejercidas por Vox y la agitadora ultra Cristina Seguí.