Valencia

Un juzgado de Sueca, en Valencia, ha estimado la demanda presentada contra el presidente y la administradora de un edificio localizado en el municipio valenciano de Cullera por manipular el contenido del acta de una junta de propietarios celebrada el año pasado.

Los demandados tendrán que pagar su parte de las costas del procedimiento judicial y el juzgado ha ordenado corregir el texto original. La demanda se presentó a partir de que un propietario, tras descubrir que en varias ocasiones se venían redactando actas que no reflejaban la realidad de los temas tratados, grabó el contenido de una junta de propietarios celebrada en el mes de agosto de 2023, una grabación que confirmó las irregularidades.

Así, al comprobar que se incluían diversas aprobaciones en el acta sobre temas que no se habían tratado, el afectado pidió primero a la administración que rectificara el acta a través de un burofax. Al no recibir ninguna respuesta por parte de la administración, este propietario solicitó a un notario que reflejara el contenido que realmente se había tratado en la reunión.

Antes que transcurriera el periodo de tres meses desde la reunión para que el acta ya no pudiera impugnarse, el propietario lo puso en conocimiento del juzgado y finalmente se ha estimado la demanda.

"Es evidente, del resultado de las pruebas practicadas, que dicho acuerdo no fue presentado ni votado en junta, reconociendo la propia secretaria administradora que tal apartado lo fue a título informativo. Nada de ello consta en el acta, no habiendo referencia alguna a que la delegación de la junta de gobierno de la emisión de cuotas extraordinaria lo era a los meros efectos informativos", recoge la resolución, dictada a mediados de julio y consultada por EL ESPAÑOL.

Más bien, subraya el juzgado, "de la transcripción del acta efectuada por la secretaria administradora, se entiende que es un acuerdo de los propietarios: lo que en modo alguno resulta veraz".

"A ello hay que añadir que no consta entre las funciones de la junta de gobierno resultante de la junta celebrada el 1 de agosto de 2023, la de emitir cuotas extraordinaria a fin de realizar los trabajos y costes, debiendo constar claras las funciones de dicha junta de gobierno".

Sobre todo, explica la resolución, "teniendo en cuenta que, como expresa el citado artículo 13.1, de la Ley de Propiedad Horizontal, podrán establecerse otros órganos de gobierno de la comunidad, sin que pueda suponer menos cabo alguno de las funciones y responsabilidades frente a terceros que esta ley atribuye a los anteriores, y que la distribución de la derrama pertinente y la determinación de los términos de su abono es competencia exclusiva de la junta de propietarios"

En consecuencia, "resulta claro que la segunda parte del séptimo punto del acta impugnada es contrario a la ley al no haberse cumplido lo dispuesto en el artículo 16.2 de la Ley de Propiedad Horizontal, puesto que dicho asunto no constaba en el orden del día a tratar en la junta de propietarios, y ni siquiera fue tratado en la junta que tuvo lugar el 1 de agosto de 2023", por lo que procede su nulidad. 

"Prácticas abusivas"

Tras conocerse la decisión del juzgado, fuentes de los demandantes denunciaron que "estas prácticas abusivas e irregulares son conocidas por la gran mayoría de propietarios en edificios, sobre todo de zonas turísticas, y tienen a los propietarios maniatados respecto a sus voluntades".

Según manifestaron, muchas veces es "imposible que los propietarios puedan oponerse a esta red clientelar". "Esta administradora ya ha consentido presentar numerosísimas votos de representación de propietarios ausentes, firmados a nombre de la empleada de la finca y de la propia administradora, y con esta representaciones se aprueban propuestas y presupuestos que benefician a la propia empleada".

Entre las irregularidades que denuncian se encuentran que "cuando hay elección nueva de órganos de gobierno se votan asimismo y permanecen años tras años". 

Igualmente, indican que el pasado año, por la misma administradora y en otra comunidad, "presentó abusivamente representaciones de ausentes, y con estos votos, consiguió que el anterior presidente ni se presentara. Ahora está con otro presidente elegido gracias a estos votos, consiguió repetir y seguir como administradora".

Los afectados de este edificio de Cullera han contactado con la asociación de perjudicados de comunidades de vecinos de Málaga Apercove para unirse a ellos "y

que se puedan denunciar estos hechos y que las administraciones y los Colegios

profesionales de administradores ayuden a solucionar estos graves problemas".

Su objetivo pasa por conseguir "una legislación y apoyo a los propietarios en las comunidades de vecinos que tienen un auténtico desamparo", según manifestaron.