La certificación automática del nivel de valenciano en función de la nota obtenida en esta asignatura en la educación es una de las novedades de la nueva Ley de Libertad Educativa.
De esta manera, todos los alumnos que hayan superado los dos cursos de bachillerato con una nota de siete o más en la materia de valenciano obtendrán el certificado del C1, que es el equivalente al Mitjà.
El reconocimiento se realizará de forma retroactiva para todos los alumnos que hubiesen finalizado los estudios correspondientes a enseñanzas LOE.
Por tanto, serán válidas las certificaciones de ESO y personas adultas desde el curso 2008-09 inclusive; y las certificaciones de Primaria, Bachillerato y acceso a la universidad desde el curso 2009-10.
¿Cómo se solicita?
La Conselleria de Educación publicó este lunes en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) la resolución para establecer el procedimiento para la certificación de los niveles de valenciano del alumnado de la Comunitat Valenciana.
Establece dos mecanismos: uno para los estudiantes a partir del curso académico actual, el de 2024-25 y otro para los cursos anteriores.
En el primer caso, el procedimiento de expedición de certificados se iniciará de oficio por el centro, por lo que el alumnado no tendrá que hacer ningún trámite ni presentar ninguna documentación.
Será la dirección del mismo, una vez cerradas las evaluaciones, quienes consultarán en el sistema informático la relación del alumnado que ha logrado la certificación.
Dicha validación implicará la expedición automática de los certificados administrativos de conocimientos del valenciano mediante firma con sello electrónico automatizado.
Asimismo, la validación implicará el registro de oficio de dichos certificados en la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià.
Una vez expedidos y registrados los certificados, el sistema los remitirá telemáticamente a la dirección de correo electrónico que figure en el sistema para cada alumno o alumna.
Cursos anteriores
Para el alumnado desde los cursos 2008-2009, será diferente, ya que serán los interesados quienes tendrán que solicitar el certificado mediante un trámite telemático.
La Conselleria de Educación ha habilitado una web (www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=1723).
En el trámite telemático, si las calificaciones del área o materia de valenciano necesarias constan en el sistema de información ITACA o en la aplicación de pruebas de acceso a la universidad, estas se incorporarán de oficio al expediente administrativo del procedimiento.
Cuando la solicitud se realice por otros medios o en el trámite telemático se detecte que las calificaciones del área o materia de valenciano no figuran, la persona interesada deberá aportar la documentación acreditativa (certificado académico, historial académico, etc.) de la superación del área en los cursos correspondientes.
Una vez verificado que la persona cumple los requisitos, se procederá a la expedición automática del certificado mediante firma con sello electrónico automatizado. Asimismo, se procederá al registro de oficio de dichos certificados en la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià.
Los certificados emitidos se remitirán telemáticamente a las personas interesadas a la dirección de correo electrónico indicada en su solicitud.
El procedimiento se pondrá en funcionamiento el día 1 de octubre de 2024.
¿Cuáles son los niveles?
Se reconocerá un nivel A2 a todos los estudiantes que hayan superado el área de valenciano de los seis cursos de Educación Primaria. Se dará el B1 al aprobar dicha asignatura durante toda la ESO o en tres cursos de secundaria y en primero de Bachillerato.
Se otorgará el nivel B2 al superar con éxito la materia de valenciano en los dos cursos de Bachillerato y un C1, en los dos cursos de Bachillerato con una nota media de la asignatura igual o mayor a 7. También cuando se obtenga una nota de 7 o más en la prueba de valenciano del acceso a la universidad.
Si se aprueban los módulos de valenciano de formación de personas adultas el nivel de valenciano que se certificará es el A1.