Alejandro Colomar en los juzgados.

Alejandro Colomar en los juzgados. EP

Valencia

Condenado un hombre que se negó a vestirse tras ir desnudo a una comisaria de Valencia para poner una denuncia

El acusado "se negó clara y tajantemente" a vestirse, diciendo que tenía derecho a ir desnudo, por lo que fue detenido.

11 octubre, 2024 15:48
Valencia

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la condena al pago de una multa de 1.080 euros por un delito de desobediencia impuesta a un hombre que se negó a vestirse tras presentarse desnudo en una comisaría de Valencia para interponer una denuncia. 

Los hechos ocurrieron a las nueve de la mañana del 20 de agosto de 2020, cuando el ahora condenado, Alejandro Colomar, un joven valenciano naturista muy popular en la ciudad, acudió a la Comisaría de Distrito Marítimo de Valencia, completamente desnudo, para poner una denuncia contra una persona pese a llevar ropa para vestirse en una mochila.

De forma reiterada, los agentes le indicaron que se vistiera, pues se encontraba en un lugar público con más ciudadanos y estaba alterando el funcionamiento normal de la oficina.

A pesar de las múltiples advertencias que se le hicieron de las consecuencias legales de su conducta, "se negó clara y tajantemente" a vestirse, diciendo que tenía derecho a ir desnudo, por lo que fue detenido. 

El tribunal considera que la orden impartida por los agentes fue legítima y afirma que el proceder de estos "era necesario para mantener el orden público y la convivencia pacífica, y que en todo momento fue acorde con los principios básicos y criterios de actuación, como ejes fundamentales en torno a los cuales gira el desarrollo de las funciones policiales".

La resolución, consultada por EL ESPAÑOL, señala que, en este caso, independientemente de la prohibición o no del nudismo en la ciudad de Valencia, los agentes de la Policía intervinieron al haber sido alertados por los miembros de seguridad de que el acusado llevaba quince minutos en la sala de espera de las denuncias desnudo y calzando unas botas

Recuerda que, como consta en la sentencia de instancia, un agente de Policía Nacional dijo que en la Comisaría había compañeras que no querían verlo y junto con otras dos personas habían salido de las dependencias, por lo que la oficina estaba paralizada. 

"Así pues, la presencia del recurrente, desnudo, en la sala de espera de la Comisaría, había acarreado ya reacciones por parte de las personas que allí se encontraban y en algunas agentes femeninas, lo que alteraba el orden en la oficina", señala la Sala.

En consonancia con ello, "como el hecho probado describe, los agentes le indicaron que se vistiera, de forma reiterada, dado que estaba en un lugar público con más ciudadanos y que estaba alterando el normal funcionamiento de la oficina", subraya el Tribunal.

En este sentido, agrega que como acertadamente expone el juez de lo Penal "no hay que olvidar que las citadas dependencias no solo es un lugar de constante flujo de ciudadanos de todas las ideologías, creencias, edades y prácticas que reclaman la actuación de las fuerzas del orden, sino también el lugar en el que los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado desempeñan su labor profesional (con el respeto y dignidad que como todo trabajador se merece)".

Por tanto, "la imposición por parte del acusado de su cuerpo desnudo excede, (…), de lo que pueda entenderse como ejercicio de su filosofía de vida, totalmente respetable por otra parte". 

Por ello, la Sala desestima el recurso de casación interpuesto por el condenado contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia que confirmó la condena a seis meses de multa con cuota diaria de 6 euros (1080 euros) que le había impuesto un juzgado de lo Penal de la misma ciudad por un delito de desobediencia.

En su recurso, el acusado sostenía que se había vulnerado su derecho fundamental a la libertad ideológica y de expresión.