Labores de limpieza en una calle de Catarroja. Efe / Kai Forsterling

Labores de limpieza en una calle de Catarroja. Efe / Kai Forsterling

Valencia

La jueza de la dana solo pedirá los audios de las llamadas al 112 que autoricen las familias de las víctimas de la tragedia

La magistrada rechaza pedir todas las llamadas de forma "indiscriminada" porque afectaría al "secreto de las comunicaciones".

Más información: De la grabación de la llegada de Mazón al Cecopi a los audios del 112: las diligencias que tiene que resolver la juez de la dana

Rosana Crespo
Publicada
Actualizada

La jueza que investiga la dana, Nuria Ruiz, ha rechazado incorporar a la causa todos los audios de las llamadas que recibió el 112 el día de la catástrofe, el 29 de octubre de 2024. 

La magistrada descarta así la solicitud presentada por la Confederación General del Trabajo (CGT), que ejerce de acusación popular, debido a que podría producirse una "injerencia en el secreto de las comunicaciones" de las 19.821 personas que llamaron al teléfono de Emergencias aquella jornada. 

No obstante, tal y como señala en un auto remitido a las partes, sí acepta solicitar los audios de las llamadas de las víctimas si previamente sus familiares prestan su consentimiento.

El informe del servicio del 112 ya resultó especialmente relevante para la investigación porque evidenció las numerosas llamadas que se efectuaron, cerca de 20.000. 

Pero, sobre todo, porque acreditó que desde las 16:40 horas ya alertaban de inundaciones y de riesgo de desbordamiento en zonas del barranco del Poyo.

Ahora, en su auto, la jueza estima que la obtención de los audios de las llamadas al 112 no es factible y advierte "solo puede llevarse a cabo con fundamento en la presunta comisión de delitos dolosos y respecto de los presuntos responsables de delitos".

Para poder autorizar esta intervención de llamadas, "solo podría efectuarse partiendo de la atribución de un delito a alguno de las participes, lo que no es el caso, y a su vez conectado con alguno de los 225 fallecimientos, tres desaparecidos, o con los lesionados", agrega la jueza.

Por lo que considera que no procede la obtención "indiscriminada" de los audios de las llamadas al teléfono de emergencias, que serían traídos al procedimiento por delitos imprudentes y que afectarían, en consecuencia, al secreto de las comunicaciones de los llamantes a dicho teléfono. En total, 19.821 personas.

Una cuestión distinta sería, apunta la jueza en la misma resolución, "el consentimiento respecto de su aportación por quienes llamaron al 112". En este punto recuerda que se ha obtenido el consentimiento de una persona que llamó a emergencias para que la grabación sea aportada al procedimiento.

Así, añade: "Será preciso analizar, caso por caso, si se efectuaron por los familiares de los fallecidos, en su caso por los lesionados, o simplemente por testigos, llamadas al 112, y una vez acreditado dicho extremo, solicitar el consentimiento a cada uno de ellos, para la incorporación de los audios", señala.