Valencia

Acceder a una vivienda en propiedad a un coste asequible se convierte en una odisea para muchos hoy en día. La problemática se ha incrementado durante los últimos años y se concentra en los hogares con menor renta, sobre todo jóvenes y población inmigrante; y en determinadas zonas geográficas, como las áreas urbanas y las turísticas.

El último informe anual realizado por el Banco de España refleja la escasa capacidad de ahorro como una de las causas. Aun así, hay algunas oportunidades que si se aprovechan pueden resultar muy ventajosas.

Una de ellas es cuando la Seguridad Social publica en su portal web cientos de viviendas repartidas por todo el territorio español que necesita adjudicar. Son inmuebles que han sido embargados y que la Tesorería General de la Seguridad Social necesita mover. Estas oportunidades se someten a subasta.

La Seguridad Social posee en estos momentos unas 495 viviendas entre pisos y casas procedentes de embargos. En concreto, en la Comunitat Valenciana hay un total de 79; mientras en la provincia de Valencia se concentran 28.

Los precios de salida parten de los 10.000 euros y puede participar "cualquier persona, por sí o por medio de representante, que posea la capacidad de obrar con arreglo a derecho y no esté incursa en las excepciones e incompatibilidades".

En Gandía (Valencia) hay un piso de 103 metros cuadrados que se subasta por un precio de salida de 6.676,57 euros, una vez descontadas las cargas anteriores. La venta pública del bien se realizará el próximo 18 de septiembre en la Avenida Marqués Sotelo de Valencia.

Imagen del edificio donde se sitúa el piso que la Seguridad Social subasta en Valencia. Google Maps

Requisitos

Los requisitos que marca la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) para poder pujar y hacerse con una vivienda son los siguientes:

  1.  Identificarse debidamente. Basta la simple exhibición en el acto público o incluyendo en el sobre cerrado copia del Documento Nacional de Identidad o, tratándose de extranjeros, del pasaporte, del título de viaje o de otro documento que acredite su identidad.

  2.  Consignar el 25 por 100 del precio de salida (tipo de subasta) del bien por el que se desee pujar, mediante cheque certificado, visado o conformado por el librado y a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, que se acompañará a la postura que se realice en sobre cerrado, o del 30 por 100 de dicho precio si la postura es verbal en el acto público de la celebración de la subasta.

  3.  En el resguardo justificativo del depósito es necesario que conste, a efectos de posibles adjudicaciones, la hora y el minuto en que se haya realizado dicha entrega, así como el número de orden que le haya correspondido.

La adquisición continúa de la siguiente manera: se adjudica a la mejor oferta que supere el 60% del valor de tasación marcado. En el caso de que no se llegara a este porcentaje, la Seguridad Social podría volver a subastarlos.

Por otro lado, una vez la puja se haya aceptado, la persona tiene un plazo de cinco días hábiles para completar el pago, pero si no lo cumple podría perder el depósito inicial efectuado.